DECRETO 11.941/1995 • MINISTERIO DEL INTERIOR (M.I.) • 1995/12/22 • PY/LEGI/083V
VigenteDECRETO1995MINISTERIO DEL INTERIORPY/LEGI/083V
Seguridad interior -- Creación de la Comisión Interinstitucional de Seguridad, con carácter "ad honórem", que tendrá a su cargo coordinar los trabajos de seguridad y orden público en el Departamento de Alto Paraná.
VISTA: La necesidad de agilizar y efectivizar los mecanismos establecidos en el Decreto Nº 4363, del 24 de junio de 1994; y, CONSIDERANDO: Que el inc. "e" del art. 7º de la Ley Nº 216/93, establece la posibilidad de precautelar el orden interno, contando con el concurso de las Fuerzas Armadas de la Nación. Que el Decreto Nº 4363, del 24 de junio de 1994, determinó la creación de una Comisión Interinstitucional de Desarrollo Socioeconómico y Seguridad del Departamento de Alto Paraná. Que la experiencia recogida aconseja crear comisiones con representantes de distintos órganos del Estado, con miras a lograr una actuación más ágil y relativamente permanente de las mismas, tendientes a la seguridad y el efectivo control del cumplimiento de las leyes administrativas vigentes en el mencionado Departamento. Por tanto, EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY DECRETA:
Art. 1
Art. 1º- Créase la Comisión Interinstitucional de Seguridad, con carácter "ad honórem", que tendrá a su cargo coordinar los trabajos de seguridad y orden público en el Departamento de Alto Paraná".
Art. 2
Art. 2º- Intégrase la Comisión Interinstitucional de Seguridad, con representantes de las siguientes instituciones: Ministerio del Interior, Fuerzas Armadas de la Nación, Policía Nacional, Fiscalía General del Estado, Dirección Nacional de Aeropuertos civiles (DINAC) y Secretaría Nacional Antidrogas (SENAD). La coordinación de la Comisión estará a cargo del representante del Ministerio del Interior, pudiendo éste delegar dicha función al representante de las Fuerzas Armadas de la Nación.
Art. 3
Art. 3º- Créase la Comisión Interinstitucional de Fiscalización Administrativa, con carácter "ad honórem", encargada de proceder al contralor del cumplimiento de las leyes y reglamentos vigentes en las respectivas áreas de competencia de las autoridades que la integran, en el Departamento de Alto Paraná".
Art. 4
Art. 4º- Intégrase la Comisión Interinstitucional de Fiscalización Administrativa, con representantes de las siguientes instituciones: Ministerio de Hacienda, Ministerio de Justicia y Trabajo, Ministerio de Industria y Comercio, Banco Central del Paraguay e Instituto de Previsión Social. La coordinación de la comisión, estará a cargo del representante del Ministerio de Hacienda.
Art. 5
Art. 5º- Las comisiones creadas dictarán su reglamento interno y podrán designar comisiones auxiliares de acuerdo a las necesidades operativas.
Art. 6
Art. 6º- Comuníquese, publíquese y dése al Registro oficial.
Firmado: Juan Carlos Wasmosy.- Diógenes Martínez