DECRETO 7927/2011 • MINISTERIO DE HACIENDA (M.H.) • 2011/12/09 • PY/LEGI/0CBM
VigenteDECRETO2011MINISTERIO DE HACIENDAPY/LEGI/0CBM
Administración pública -- Autorización al Ministerio de Hacienda para la ampliación de las cuotas de ingresos y gastos del plan financ
VISTO: La presentación efectuada por la Dirección Nacional de Aduanas (Expediente A 4H. N° 49.190/2011), en la que se solicita la ampliación de las cuotas de ingresos y gastos del Plan Financiero, aprobado por Decreto N° 6200 del 23 de febrero de 2011, dentro del Presupuesto 2011 de la citada Entidad. La Ley N° 4541/2011 "Que amplía el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 201 1, aprobado por Ley N° 4249 del 12 de enero de 2011, Dirección Nacional de Aduanas"; y CONSIDERANDO: Que el Artículo 21 de la Ley N° 1535/99 "De Administración Financiera del Estado" en su Artículo 21, "Plan Financiero", establece: "La ejecución presupuestaria se realizará en base a planes financieros, generales e institucionales, de acuerdo con las normas técnicas y la periodicidad que se establezca en la reglamentación. Se tomarán en cuenta el flujo estaciona1 de los ingresos y la capacidad real de ejecución del presupuesto de los organismos y entidades del Estado. Dichos planes financieros servirán de marco de referencia para la programación de caja y la asignación de cuotas. Solo se podrán contraer obligaciones con cargo a saldos disponibles de asignación presupuestaria específica. No se podrá disponer de las asignaciones para una finalidad distinta a la establecida en el Presupuesto. El Ministerio de Hacienda, previa coordinación con los organismos y entidades del Estado, propondrá al Poder Ejecutivo el plan financiero mensual de ingresos y gastos para la ejecución de sus presupuestos... " Que el Artículo 11 del Decreto N° 6200/2011 "Por el cual se aprueba el Plan Financiero y se establecen normas y procedimientos para los procesos de ejecución del Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2011 aprobado por la Ley N° 4249/2011", dispone: "Aquellas modificaciones o ampliaciones presupuestarias aprobadas por Ley de la Nación a iniciativa de las Cámaras del Honorable Congreso Nacional, sin que las mismas sean canalizadas a través del Ministerio de Hacienda, el Plan Financiero será autorizado por Decreto del Poder Ejecutivo de acuerdo a los recursos financieros disponibles.. . ". Que los Departamentos de Ingresos y de Servicio Económico de la Dirección General de Presupuesto, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, se expidieron en los términos de los Informes DI N° 703 y D.S. E. N° 817 del 5 de diciembre de 2011. Que lo solicitado por la Institución recurrente permitirá la ejecución de la Ley N° 4541/2011. POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY DECRETA:
Art. 1
Art. 1°- Autorízase al Ministerio de Hacienda la ampliación de las cuotas de ingresos y gastos del Plan Financiero, aprobado por Decreto N° 6200 del 23 de febrero de 2011, dentro del Presupuesto 2011 de la Dirección Nacional de Aduanas, por el monto de veintisiete mil doscientos sesenta y cuatro millones cuatrocientos cincuenta y tres mil setecientos setenta y nueve guaraníes (G. 27.264.453.779.-), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de este Decreto.
Art. 2
Art. 2°- Las autoridades encargadas de la ejecución presupuestaria de la Dirección Nacional de Aduanas, serán responsables del cumplimiento del Anexo "'A" Guía de Normas y Procesos del PGN 2011, del Decreto N° 6071/2011, Subcapítulo 03-02, Articulo 26° inciso f).
Art. 3
Art. 3°- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Hacienda.
Art. 4
Art. 4°- comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
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