ORDENANZA 18/2016 • JUNTA MUNICIPAL - MUNICIPALIDAD DE ASUNCION (J.M.) • • PY/LEGI/04W3
VigenteORDENANZA2016JUNTA MUNICIPAL - MUNICIPALIDAD DE ASUNCIONPY/LEGI/04W3
Urbanización -- Modificación del Anexo II de la Ordenanza 43/1994 "Plan Regulador de la Ciudad de Asunción".
VISTO: El Dictamen de Comisión de Planificación, Urbanismo y Ordenamiento Territorial, con relación a la Nota ME/N° 2.903/15, de Mirna Fernández Gaona, en la que solicita la modificación del Plan Regulador, a fin de regularizar el uso de Salón Velatorio en Dr. Andrés Gubelich y Felipe León, y; CONSIDERANDO: Que, la nota de referencia, expresa cuanto sigue: "Me dirijo a Usted, y por su intermedio a los demos Miembros de la Corporación a fin de hacerles llegar mi inquietud en relación a la posibilidad de la instalación de una Salón Velatorio y Funeraria sobre la calle Dr. Andrés Gubetich esquina Presbítero Felipe Santiago León, Cta. Cte. Ctral. N° 15-0047-01. Que, si bien es cierto se encontraría enclavado en una zona Residencial de acuerdo al Plan Regulador, en el Lugar se hallan numerosos comercios y la formalización de este Comercio no representaría mayor impacto en la zona considerando su densidad y los usos que en ella se presentan. Por ello solicito la modificación de los usos permitid os para la zona a fin de lograr la formalización del uso en cuestión. En espera de pronto despacho, me despido de Usted saludándole muy atentamente". Fdo. Mirna Fernández Gaona. Que a continuación se grafica la propuesta con las áreas a ser atravesadas, planteando la modificación de la zona de los lotes con frente a las generadoras Andrés Gubetich y Miguel de Cervantes, de forma a adecuar los usos de la zona al Plan Regulador: GRÁFICO 1 [imagen] Que, el uso en cuestión (Salón Velatorio y Funeraria) se encuentra consolidado en la zona, considerando se encuentra en las inmediaciones de la Avda. Sacramento, donde se enclavan numerosos usos similares a este. Que, considerando estos extremos y la posibilidad de estandarizar la zona de uso en relación a su colindante hacia la Avenida Santísimo Sacramento, creando un eje sobre la calle Andrés Gubetich y su continuación de modo a estandarizar la regularización de los usos que se encuentran fuera de zona. Que, esta solución fue adoptada en otros casos, como ser la problemática sobre la Avenida Augusto Roa Bastos, las calles Sgto. Gauto- ver Ordenanza N° 98/07 - Federación Rusa - Ver Ordenanza N° 333/09 y en la reciente Ordenanza N° 04/16. Que, los criterios para la definición de los cambios y ajustes zonales, como en el presente caso fueron discutidos y sometidos a consenso en el Consejo del Plan Regulador durante los debates del año 2015. Para el presente caso, este ajuste responde a las directrices emitidas en el Consejo. Que, por tanto, conforme a lo expuesto, la Comisión Asesora dictaminarte recomienda aprobar la modificación de la zona de uso con relación a los lotes con frente sobre la calle Andrés Gubetich y su continuación Miguel de Cervantes. Por tanto; LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ASUNCION, REUNIDA EN CONCEJO ORDENA:
Art. 1
Art. 1°- Modificar el Anexo II de la Ordenanza N° 43/94 "Plan Regulador de la Ciudad de Asunción", en el apartado FRANJA MIXTA 1 A - "FM1A", en lo que respecta a la zona de uso de los lotes con frente sobre la calle Dr. Andrés Gubetich y su continuación Miguel de Cervantes, que quedara redactado como sigue:
"Establecer para aquellos inmuebles enclavados en los sectores AR2 B individualizado en el numeral 03 y AR3 B individualizado en el numeral 05 de sus respectivos apartados que cuenten con frente sobre las calles Dr. Andrés Gubetich y su continuación Miguel de Cervantes, en el tramo comprendido entre las Avenidas Santísimo Sacramento y Venezuela la calificación zonal de Franja Mixta 1 A".
Art. 2
Art. 2°- Comuníquese a la Intendencia Municipal.
Dada en la Sala de Sesiones de la Junta Municipal de la Ciudad de Asuncion, a los trece días del mes de abril del año dos mil dieciséis.
Abog. JOSE MARIA OVIEDO V.
Secretario General
Esc. DANIEL CENTURION
Presidente Interiono