POR EL CUAL SE DISPONE LA INCLUSION EN EL CUARTO GRUPO EN LA CLASIFICACION DE MUNICIPALIDADES, AL MUNICIPIO DE SAN VICENTE PANCHOLO, DEPARTAMENTO DE SAN PEDRO, Y AL MUNICIPIO DE ARROYITO, DEPARTAMENTO DE CONCEPCION, DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY
VigenteDECRETO2017MINISTERIO DEL INTERIORPY/LEGI/0FQV
Municipalidad -- Inclusión en el Cuarto Grupo en la Clasificación de Municipalidades al Municipio de San Vicente Pancholo, Departamento de San Pedro y al Municipio de Arroyito, Departamento de Concepción, de la República del Paraguay.
VISTO: La Ley N° 5715 del 10 de noviembre de 2016, «Que crea el Municipio de San Vicente Pancholo en el II Departamento San Pedro y una Municipalidad con asiento en el pueblo de San Vicente Pancholo»; La Ley N° 5742, del 22 de noviembre de 2016, «Que crea el Municipio de Arroyito en el I Departamento Concepción y una Municipalidad con asiento en el pueblo de Arroyito»; y CONSIDERANDO: Las necesidad de clasificar a las Municipalidades mencionadas en el grupo correspondiente conforme lo establece el Artículo 8° de la Ley N° 3966, del 8 de febrero de 2010, «Orgánica Municipal», expresa: «Las Municipalidades del país, a excepción de la de Asuncion, serán agrupadas según sean los montos de los respectivos Presupuestos Generales». POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY DECRETA:
Art. 1
Art. 1°.- Dispónese la inclusión del Municipio de San Vicente Pancholo, del Departamento de San Pedro, creado por Ley N° 5715/16, en el Cuarto Grupo de la clasificación de Municipalidades de la República.
Art. 2
Art. 2°.- Dispónese la inclusión del Municipio de Arroyito, del Departamento de Concepción, creado por Ley N° 5742/16, en el Cuarto Grupo de la clasificación de Municipalidades de la República.
Art. 3
Art. 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Ministerio del Interior.
Art. 4
Art. 4°.- Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.