ORDENANZA 181/2001 • JUNTA MUNICIPAL - MUNICIPALIDAD DE ASUNCION (J.M.) • 2001/08/16 • PY/LEGI/0AQE
VigenteORDENANZA2001JUNTA MUNICIPAL - MUNICIPALIDAD DE ASUNCIONPY/LEGI/0AQE
Tributos Municipales - Reducción del canon y condonación de deudas a los locatarios del bloque C del Mercado de Abasto.
VISTO: El dictamen de las Comisiones de Hacienda y Presupuesto y Mercados, con relación al Mensaje Nº 588 S.G., de fecha 7 de agosto del corriente año, por el cual la Intendencia Municipal se refiere a la situación actual en que se encuentra el Mercado Central de Abasto; y CONSIDERANDO: Que, como es de conocimiento la problemática generada entre los locatarios y la D.A.M.A. ha ocasionado un desequilibrio financiero, debido a la alta morosidad generada en el pago del canon por C.P.R.U. por parte de los locatarios. Que, la Dirección General de Administración Interna y la Dirección General de Mercados y Centros Cívicos se han interiorizado desde un principio de esta problemática, intentando consensuar medidas que permitan poner término a esas diferencias. Que, analizando las propuestas y considerando la situación extrema a la que se ha llegado en el Mercado de Abasto, se decidió aceptar la propuesta inicial presentada por los usuarios de D.A.M.A., que se contemplan en el siguiente cuadro: [imagen] Que, asimismo, se mantiene la fecha de vencimiento de pago el día 10 de cada mes, pasada esa fecha se aplicará el recargo por mora del 3% mensual hasta un 30% anual. Que, atendiendo el pedido de los locatarios de bloque "C", quienes fueran perjudicados por el incendio ocurrido años atrás, considerando el perjuicio sufrido por los mismos debido a este siniestro, se solicita la condonación de la deuda de los mismos, cuyo monto asciende a la suma de Gs. 386.723.081 (GUARANÍES TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS VEINTITRÉS MIL OCHENTA Y UNO), detallados en la planilla adjunta. Que, en resumen la Intendencia Municipal solicita: a) La reducción y unificación del canon del CPRU a Gs. 7.400 p/m2., con retroactividad al 1 de enero de 2001. b) La reducción del servicio de agua a Gs. 200 p/m2. c) La reducción del seguro a Gs. 200 p/m2. d) Condonación de la deuda de los locatarios del Bloque "C" por valor de 386 millones. Que, con relación al cobro de los portales, la Dirección de Abastecimiento de la Municipalidad de Asunción y la Comisión Permanente de Usuarios seguirán estudiando la posibilidad de que de acuerdo a la reducción de la morosidad, se pueda liberar totalmente el cobro de entrada en los portales en el presupuesto para el año próximo. Que, el dictamen de la Asesoría Legal de la Dirección General de Administración Interna, de fecha 13 de agosto del corriente año, manifiesta cuanto sigue: "Que, siendo dichos ingresos no tributarios (Ley Nº 1294/87, artículo 121), no habría objeción legal alguna para que la Junta Municipal con acuerdo a la Intendencia Municipal puedan hacer lugar a lo solicitado en el mensaje de referencia siempre que lo considere pertinente de acuerdo a la Ley Nº 881/81, Título Cuarto - Capítulo Uno;..." Por Tanto; LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ASUNCIÓN, REUNIDA EN CONCEJO ORDENA:
Art. 1
Art. 1º Autorizar a la Intendencia Municipal a modificar la Ordenanza JM/Nº 153/00 "General de Tributos Municipal", en los siguientes términos:
a) Reducir y unificar el canon del C.P.R.U a Gs. 7.400 p/m2., con retroactividad al 1 de enero de 2001.
b) Reducir el costo por el servicio de agua a Gs. 200 p/m2.
c) Reducir el costo del Seguro a Gs. 200 p/m2.
Art. 2
Art. 2º Autorizar a la Intendencia Municipal a condonar la deuda de los Locatarios del Bloque "C" por valor de Gs. 386.723.081 (GUARANÍES TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS VEINTITRÉS MIL OCHENTA Y UNO), detallados en la planilla adjunta al mensaje de referencia.
Art. 3
Art. 3º Comuníquese a la Intendencia Municipal.
Dada en la Sala de Sesiones de la Junta Municipal de la ciudad de Asunción, a los dieciséis días del mes de agosto del año dos mil uno.
Pastor Caballero G.- Félix Argaña.
Asunción, 22 agosto 2001.
Téngase por ordenanza, comuníquese, publíquese, dése al registro municipal y cumplido, archivar.
Gabriel Solalinde.- Martín Burt.