ORDENANZA 38/2011 • JUNTA MUNICIPAL - MUNICIPALIDAD DE ASUNCION (J.M.) • • PY/LEGI/0C5U
Sin vigenciaORDENANZA2011JUNTA MUNICIPAL - MUNICIPALIDAD DE ASUNCIONPY/LEGI/0C5U
Transito -- Modificación del Art. 42º, inciso "d" y ampliación del Art. 240 del Reglamento de Tránsito.
VISTO: El dictamen de la Comisión de Transporte Público y Tránsito, con relación a la Nota ME/Nº 169 de fecha 28 de marzo de 2011, presentada por el Sr. Diego Lovera, Gerente de la Cámara de Distribuidores de Automotores y Maquinarias (CADAM); y, CONSIDERANDO: Que, a través de dicha nota el recurrente, en representación de la CADAM, solicita la modificación del Art. 42 del nuevo Reglamento General de Tránsito, Ordenanza Nº 479/10, específicamente, en los incisos “d” y “h” del mencionado cuerpo legal. Que, al respecto, en el escrito la CADAM considera “de suma importancia para la ciudadanía el reglamento de referencia. Las empresas asociadas a CADAM distribuyen ese documento no sólo a clientes e interesados en general, sino también a las empresas fabricantes de vehículos. Esas empresas internacionales utilizan las especificaciones técnicas contenidas en el material para adecuar las unidades a esos requerimientos y poder comercializarlas en nuestro país. CADAM ha solicitado algunas modificaciones sobre artículos específicos del mismo, mediante la exposición en la Audiencia Pública, convocada por la Junta Municipal, el 20 de julio de 2010, y por notas remitidas al Departamento de Seguridad Vial de la Municipalidad de Asunción”. Que, la propuesta presentada por la CADAM fue tratada en Sesión Ordinaria de la Comisión de Tránsito, considerando la referida Comisión que tal planteamiento precisaba de un informe técnico de la Intendencia Municipal, para posteriormente considerar lo peticionado. Que, en ese sentido se han girado notas tanto a la Dirección de Tránsito como al Departamento de Seguridad Vial de la Intendencia Municipal, solicitando a esas dependencias un parecer técnico con referencia a las modificaciones sugeridas por la Cámara de Distribuidores de Automotores y Maquinarias (CADAM). Que, en la siguiente Sesión Ordinaria de la Comisión, se ha recibido la visita de dos representantes de dicha asociación, ocasión en la que expusieron ampliamente sus puntos de vista con referencia a lo solicitado, e intercambiando opiniones con los señores concejales miembros de la Comisión. Que, en fecha 18 de julio de 2011, el Sr. Arturo Sandoval de la Unidad de Apoyo Técnico de la Dirección de Tránsito, remite un informe a modo de respuesta a la Nota TPT/Nº 41/2011, manifestando lo siguiente: “Sobre el punto uno: es necesario la inclusión de la frase “falta gravísima” en el art. 42, inciso d) al finalizar el primer párrafo por prestarse a confusión, pues el segundo párrafo se refiere a permiso especial gratuito con duración de un año para éste tipo de vehículos, en caso de eventos, competencias o exposición”. Que, finaliza el informe referido expresando que: “Con relación al segundo punto, ampliación del art. 240 de la Ordenanza 479/10 incluyendo “cuando un vehículo automotor circule por la vía pública con el volante situado a la derecha” y que esto sea motivo de retiro del vehículo de la circulación, atendiendo que el mismo cuerpo legal mencionado prohíbe su circulación”. Que, del mismo modo, la Sra. Susana Añazco de Gamarra, Jefa del Departamento de Seguridad Vial de la Intendencia Municipal, informa a través de la Nota Nº 033_10 DSV su acuerdo con referencia a la modificación del inciso d) correspondiente al Art. 42 de la Ordenanza Nº 479/10. Que, la Sra. Añazco de Gamarra, además comunica a la Comisión dictaminante que en lo relativo a la propuesta de modificación del inciso h) del Art. 42 que trata de los sistemas de escape de gases, que “hecho los análisis correspondientes, la CADAM en concordancia con ese Departamento han considerado correcto lo estipulado en la Ord. 479/10, art. 42, inciso h), por tanto se solicita dejar sin efecto lo solicitado en su momento”.
Que, teniendo en cuenta todas las documentaciones e informes obrantes en autos, la Comisión Asesora dictaminante, luego de un análisis exhaustivo de lo solicitado, encuentra sobrados argumentos para proceder a la modificación en los términos expresados en los informes técnicos que acompañan y hacen parte de la presente ordenanza. Por tanto; LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ASUNCION, REUNIDA EN CONCEJO ORDENA:
Art. 1
Art. 1º.- MODIFICAR el Art. 42º, inciso “d” de la Ordenanza Nº 479/10, quedando redactado de la siguiente manera:
“d. Sistema de dirección segura que permita el control del vehículo; el volante de dirección debe estar ubicado a la izquierda. No se permitirá la circulación con volante a la derecha. (Su inobservancia constituye falta gravísima).
En caso de eventos, como competencia o exposición de vehículos de colección con volante a la derecha, se requerirá de un permiso especial gratuito que tendrá una duración de 1 (un) año que será otorgado por la Municipalidad de Asunción, para su circulación. (Su inobservancia constituye falta gravísima).
Art. 2
Art. 2º.- AMPLIAR el Art. 240º, inciso “c” de la Ordenanza Nº 479/10, referido a los casos en los que los vehículos serán retirados de circulación de la vía pública, quedando redactado de la siguiente manera:
“c) Cuando un vehículo automotor circule por la vía pública y no cumpla con los siguientes requisitos:
1. Que el conductor esté habilitado para conducir vehículos.
2. Que el vehículo lleve colocadas las placas de identificación de acuerdo a la reglamentación.
3. Que el volante de dirección del vehículo se encuentre ubicado en el lado izquierdo”.
Art. 3
Art. 3º.- Comuníquese a la Intendencia Municipal.
Dada en la Sala de Sesiones de la Junta Municipal de la ciudad de Asunción, a los diez días del mes de agosto del año dos mil once.
JOSE MARIA OVIEDO V.
Secretario General
MARIA EVANGELISTA TROCHE DE GALLEGOS
Presidenta Ad Hoc