RESOLUCION 516/2008 • MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA (M.E.C.) • 2008/11/03 • PY/LEGI/0BV7
VigenteRESOLUCION2008MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURAPY/LEGI/0BV7
Estructura orgánica -- Aprobación de la Estructura Orgánica de la Dirección General de Educación Inclusiva del Ministerio de Educación
VISTO: El Decreto N° 50 de fecha 18 de agosto de 2008 "POR EL CUAL SE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGANICA DEL MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA "; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto N° 50 en su Artículo 10 dice: "Facúltase al Ministerio de Educación y Cultura a organizar por medio de resoluciones las Direcciones, los Departamentos, las Unidades o las Secciones que integran las Direcciones Generales dependientes del Despacho del Ministro y de los Viceministros". Que, es prioritario ajustar la estructura orgánica y funcional de la Dirección General de Educación Inclusiva, de modo a cumplir con el nuevo rol asignado, en el marco de reorganización del Ministerio de Educación y Cultura. Que, a fin de otorgar el sustento legal a la nueva organización, es necesaria su aprobación por una disposición ministerial. Que, el Articulo 18 de la Ley N" 1264/98 "General de Educación " establece: "Las funciones del Estado, en el ámbito de la educación, se ejercen por medio del Ministerio de Educación y Cultura "; Que, el Artículo 91 de la Ley N° 1264/98 "General de Educación " establece: "La autoridad superior del ramo es el Ministro, responsable de la organización y funcionamiento del Ministerio de Educación y Cultura... " Por tanto, en uso de sus atribuciones, EL MINISTRO DE EDUCACION Y CULTURA RESUELVE:
Art. 1
1°.- APROBAR la estructura orgánica de la Dirección General de Educación Inclusiva de la siguiente manera:
1. DIRECCION GENERAL DE EDUCACION INCLUSIVA
a. Departamento de gestión Administrativa.
b. Departamento técnico pedagógico.
c. Departamento de Asesoría Legal.
d. Departamento de Monitoreo y Evaluación.
e. Departamento de Investigación y Orientación en Nutrición y Seguridad Alimentaria.
f. Departamento de Comunicación.
g. Secretaría de Dirección General.
1.1 DIRECCION DE EDUCACION PARA PERSONAS CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
a. Departamento de Planes y Proyectos.
b. Departamento Técnico Pedagógico.
c. Secretaría de Dirección.
1.2 DIRECCION DE ATENCION EDUCATIVA A NIÑOS Y NIÑAS ADOLESCENTES Y JOVENES EN SITUACION DE RIESGO.
a. Departamento de Planes y Proyectos.
b. Departamento Técnico Pedagógico.
c. Secretaría de Dirección.
Art. 2
2°.- FACULTAR a la Dirección General de Educación Inclusiva a reorganizar las Unidades, Divisiones y Secciones conforme a las necesidades, resolución mediante.
Art. 3
3°.- DEJAR sin efecto todas las disposiciones contrarias a la presente.
Art. 4
4°.- COMUNICAR y archivar
Horacio Galeano Perrone
MINISTRO