RESOLUCION GENERAL 5/2008 • SUBSECRETARIA DE ESTADO DE TRIBUTACION (S.E.T.) • 2008/12/26 • PY/LEGI/02L8
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Reglamentación del Impuesto a la Renta de Actividades Comerciales, Industriales o de Servicios - Modificación de la Res. 1346/2005 art
Visto: Los artículos 186º y 187º de la Ley Nº 125/1991, la Ley Nº 2421/2004, el Decreto Nº 6359/2005 y el artículo 23º de la Resolución Nº 1346/2005; y, Considerando: Que de conformidad a las facultades previstas en los referidos artículos de la Ley Nº 125/91, las normas dictadas pueden ser modificadas o derogadas por quien las hubiere emitido. Por tanto, El Viceministro de Tributación Resuelve:
Art. 1
Art. 1º.- Modificase el Artículo 23º de la Resolución Nº 1346/2005 de fecha 9 de diciembre de 2005 "Por la cual se reglamenta la aplicación del Impuesto a la Renta de Actividades Comerciales, Industriales o de Servicios previsto en el Libro I, título I, Capítulo I de la Ley Nº 125/91, modificado por el Art. 3º de la Ley Nº 2421/2004 "De Reordenamiento Administrativo y de Adecuación Fiscal" reglamentado por el Decreto Nº 6359 del 13 de septiembre de 2005", el cual quedará redactado de la siguiente forma:
"Art. 23º.- Entidades de Asistencia-Reconocimiento. A los efectos establecidos en el Art. 8º Inc. m) de la Ley, el reconocimiento otorgado por parte de la Administración a las entidades de asistencia social, educativa, cultural, caridad o beneficencia, realizados con anterioridad a la vigencia del Decreto Nº 6359/05 tendrán validez hasta el 30 de Junio de 2009, fecha a partir de la cual quedarán automáticamente invalidadas".
Art. 2
Art. 2º.- Publíquese, comuníquese y cumplido archívese.