CIRCULAR 571/2009 • SUPERINTENDENCIA DE BANCOS (S.B.) • 2009/10/28 • PY/LEGI/0594
VigenteCIRCULAR2009SUPERINTENDENCIA DE BANCOSPY/LEGI/0594
Operaciones de descuentos de cheques, pagarés y otros instrumentos de créditos, cuyos libradores y emisores sean personas vinculadas a la entidad financiera.
Señores
BANCOS Y ENTIDADES FINANCIERAS
Presente
La Superintendencia de Bancos se dirige a ustedes, en el marco de lo establecido en los artículos 89º y 90º de la Ley Nº 861/96, la Resolución SB. SG. Nº 00205/2006 de fecha 28.12.2006, que modifica la Resolución Nº 2081/94 de fecha 28.12.1994 y la Resolución Nº 8, Acta Nº 53 de fecha 11.09.2009 del Directorio del Banco Central del Paraguay "Operaciones de Descuentos de Cheques, Pagarés y Otros Instrumentos de Créditos, cuyos libradores y emisores sean personas vinculadas a la entidad financiera, realizados en el marco de lo establecido en la Ley Nº 861/96".
Al respecto, el artículo 2º de la Resolución Nº 8, Acta Nº 53 de fecha 11.09.2009, señala: "Instruir a las entidades financieras a remitir a la Unidad Central de Riesgos de la Superintendencia de Bancos, los datos del emisor y del librador de los documentos descontados, conforme al artículo 1º) de esta Resolución, a efectos de dar estricto cumplimiento a la Resolución SB. SG. Nº 00205/2006 de fecha 28 de diciembre de 2006."
Por consiguiente, deberán reportar -sobre las personas vinculadas a la entidad financiera- conforme al artículo 1º numeral 18 de la Resolución SB. SG. Nº 00205/2006: "A-TOTAL-SR: Monto del riesgo asumido. Este campo es llenado cuando la persona informada sea garante o codeudor; y en el caso de descuentos de documentos, cuando la persona sea el emisor del documento".