QUE CREA NUEVOS REGISTROS PUBLICOS CIVILES Y COMERCIALES EN EL III DEPARTAMENTO CORDILLERA Y EN EL VI DEPARTAMENTO CAAZAPÁ
VigenteLEY2015PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/0EUR
Registros Públicos -- Creación de nuevos Registros Públicos Civiles y Comerciales en el III Departamento Cordillera y en el VI Departa
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Art. 1
Artículo 1°.- Créanse cinco nuevos Registros Públicos Civiles y Comerciales, cuatro en el III Departamento Cordillera; y uno en el VI Departamento Caazapá, específicamente para los siguientes Distritos:
- Cuatro Registros Públicos Civiles y Comerciales en el III Departamento Cordillera, uno para el Distrito de Juan de Mena, uno para el Distrito de Mbocayaty del Yhaguy, uno para el Distrito de Altos y uno para el Distrito de Valenzuela.
- Un Registro Público Civil y Comercial en el VI Departamento Caazapá, para el Distrito de doctor Moisés Santiago Bertoni.
Art. 2
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a un día del mes de julio del año dos mil quince, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los ocho días del mes de octubre del año dos mil quince, queda sancionado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución Nacional.
Hugo Adalberto Velázquez Moreno
Presidente
H. Cámara de Diputados
Mario Abdo Benítez
Presidente
H. Cámara de Senadores
Del Pilar Eva Medina de Paredes
Secretaria Parlamentaria
Derlis Ariel Osorio Nunes
Secretario Parlamentario
Asunción, 22 de octubre de 2015
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
El Presidente de la República
Horacio Manuel Cartes Jara
Sheila Raquel Abed Duarte
Ministra de Justicia