QUE AMPLIA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2003, APROBADO POR LEY N° 2061, DE FECHA 31 DE DICIEMBRE DE 2002, COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES (CONATEL).
VigenteLEY2003PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/081B
Presupuesto General de la Nación - Ampliación del presupuesto para el ejercicio fiscal 2003, aprobado por Ley N° 2061/2002 - Comisión
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Art. 1
Artículo 1°.- Amplíase la estimación de los ingresos de las Entidades Descentralizadas. Comisión Nacional de Telecomunicaciones, por la suma de G. 3.263.689.518 (Guaraníes tres mil doscientos sesenta y tres millones seiscientos ochenta y nueve mil quinientos dieciocho), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Art. 2
Artículo 2°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario para las Entidades Descentralizadas por la suma de G. 3.263.689.518 (Guaraníes tres mil doscientos sesenta y tres millones seiscientos ochenta y nueve mil quinientos dieciocho), que estará afectada al Presupuesto 2003 de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Art. 3
Artículo 3°.- Apruébase la modificación del anexo de remuneraciones del personal que estará afectada al Presupuesto 2003 de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Art. 4
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a diecinueve días del mes de junio del año dos mil tres, y por la Honorable Cámara de Senadores, a once días del mes de setiembre del año dos mil tres, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional. - Benjamín Maciel Pasotti - Carlos Mateo Balmelli - Raúl Adolfo Sánchez - Mirtha Vergara de Franco.
Asunción, 19 de setiembre del 2003.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial. - Nicanor Duarte Frutos - Dionisio Borda.
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