POR LA QUE SE ACEPTA EN CARÁCTER DE DONACIÓN, LA CANTIDAD DE 5.000 (CINCO MIL) UNIDADES DE TAPABOCAS QUIRÚRGICOS Y 1.000 (UN MIL) UNIDADES DE TAPABOCAS KN95, OFRECIDOS POR PARTE DE LA FIRMA CHACOMER S.A.E.
VigenteRESOLUCION2021INSTITUTO DE PREVISION SOCIALPY/LEGI/6RXQPY
Donación -- Aceptación en carácter de donación de cinco mil unidades de tapabocas quirúrgicos y mil unidades de tapabocas kn95 ofrecidos por la firma
Vista: La Nota Interna PR/GP/N° 91-B/2021, de fecha 13 de abril de 2021, del Gabinete de Presidencia, recepcionada en la Secretaría del Consejo de Administración en fecha 13 de abril de 2021, por la que se eleva a consideración de la Máxima Autoridad, la oferta presentada por la firma CHACOMER S.A.E., consistente en la donación de 5.000 (cinco mil) unidades de tapabocas quirúrgicos y 1.000 (un mil) unidades de tapabocas KN95; y Considerando: Que, por Nota de fecha 13 de abril de 2021, la firma CHACOMER S.A.E., manifestó su intención de donar al Instituto de Previsión Social, la cantidad de 5.000 (cinco mil) unidades de tapabocas quirúrgicos y 1.000 (un mil) unidades de tapabocas KN95, para el uso del personal del Instituto de Previsión Social; Que, las disposiciones legales, en este sentido, mencionan lo dispuesto en la Ley N° 98/92 de la Carta Orgánica del Instituto de Previsión Social, que en su Art. 17° expresa: “Recursos del Instituto”, el Instituto tendrá los recursos siguientes: (...) Inc. o) Los legados y donaciones que hicieren al Instituto...”. Asimismo el Art. 1213° “Del Código Civil Paraguayo” establece cuales son las donaciones que deben formalizarse por Escritura Pública en los siguientes términos: “Deben ser otorgados por escritura pública, bajo pena de nulidad: a) las donaciones de inmuebles; b) las donaciones con cargo; y c) las que tuvieren por objeto prestaciones periódicas o vitalicias”; y el Art. 1215° de C.C.P. dispone: “La simple entrega será suficiente en cuanto a las cosas muebles y títulos al portador”; Por tanto, en uso de sus atribuciones; EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL Resuelve:
Art. 1
1°) Aceptar en carácter de donación, la cantidad de 5.000 (cinco mil) unidades de tapabocas quirúrgicos y 1.000 (un mil) unidades de tapabocas KN95, para el uso del personal del Instituto de Previsión Social, ofrecidos por parte de la firma CHACOMER S.A.E., conforme a lo expuesto en el exordio de la presente Resolución.
Art. 2
2°) Disponer que la Dirección de Logística de Suministros de Salud, a través del Departamento de Administración de Suministros Médicos, arbitre los mecanismos necesarios para la recepción de los productos y realicen los trámites pertinentes con el representante de la firma CHACOMER S.A.E., a fin de suscribir el Acta de Recepción con la expresa mención que se realiza en calidad de donación, sin condicionamiento alguno y deslindando obligación de pago por parte del Instituto de Previsión Social, refrendada por ambas partes.
Art. 3
3°) Encomendar a la Dirección de Contabilidad y Presupuesto, dependiente de la Gerencia Administrativa y Financiera, la realización de los trámites y gestiones administrativas pertinentes, a fin de que lo recibido en carácter de donación quede registrado contablemente como corresponda.
Art. 4
4°) Comunicar a quienes corresponda y archivar.