POR LA QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ASISTENCIA DE SERVIDORES PÚBLICOS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS INDISPENSABLES EN DÍAS FERIADOS ADICIONALES Y SE TOMA CONOCIMIENTO DEL INFORME SOBRE LAS MEDIDAS ADOPTADAS QUE GARANTIZARON LAS ATENCIONES MÉDICAS EN TODA LA RED SANITARIA DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL, ANTE EL DECRETO N° 4522 DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY, QUE DECLARÓ UN FERIADO NACIONAL NO PREVISTO EL DÍA VIERNES 05 DE SEPTIEMBRE DE 2025.
VigenteREGLAMENTO2025INSTITUTO DE PREVISION SOCIALPY/LEGI/F00IAJ
Instituto de Previsión Social -- Reglamento de asistencia de servidores públicos para la prestación de servicios indispensables en días feriados adicionales.
VISTOS: El Expediente Digital identificado como CA/N° 2669/2025, recepcionado en la Secretaría del Consejo de Administración, en fecha 06 de diciembre de 2025, el cual contiene la Nota Interna PR/DTH/N° 464/2025, de fecha 05 de diciembre de 2025, de la Dirección Gestión y Desarrollo del Talento Humano, por la que se eleva a consideración de la Máxima Autoridad, el Informe Técnico DTH/DSC N° 009/2025, de fecha 03 de diciembre de 2025, identificados como Expedientes NOT-0038-2025-000227 y NOT-0038-2025-000353, presentado por el Departamento Gestión Salarial y Compensaciones, de la Dirección Gestión y Desarrollo del Talento Humano; El Expediente Digital identificado como CA/N° 2669/2025 - Anexo 1, recepcionado en la Secretaría del Consejo de Administración, en fecha 10 de diciembre de 2025, el cual contiene la Nota Interna PR/DTH/N° 470/2025, de fecha 10 de diciembre de 2025, de la Dirección Gestión y Desarrollo del Talento Humano, por la que se eleva a consideración de la Máxima Autoridad, el Dictamen DIJ/DDC/N° 824/2025, de fecha 10 de diciembre de 2025, de la Dirección Jurídica, con respecto a la propuesta en cuestión; y Considerando: Que, por Nota Interna CA N° 063-0654/2025, de fecha 09 de setiembre de 2025, emitida por la Secretaría del Consejo de Administración, por la cual informó que la Máxima Autoridad en Sesión N° 063/2025, de fecha 09 de setiembre de 2025, ha dispuesto encomendar a la Dirección Gestión y Desarrollo del Talento Humano, lo siguiente: “... informar cuales fueron las medidas de contingencia adoptadas para garantizar las atenciones médicas en toda la red sanitaria del Instituto de Previsión Social, así como la cantidad de pacientes atendidos, ante el decreto de la Presidencia de la República, que declaró un Feriado Nacional no previsto el día viernes 05 de septiembre de 2025. Del mismo modo se encomienda a la Dirección Gestión y Desarrollo del Talento Humano, proceda a trabajar de manera conjunta con la Gerencia de Salud, en la elaboración de una reglamentación que establezca los protocolos de actuación permita una respuesta eficiente y efectiva para casos análogos, el cual deberá estar acompañado de la proforma de resolución correspondiente...”; Que, conforme a las diligencias referente a la instrucción mencionada, por Providencia DSC/DS1 N° 280/2025, de fecha 13 de setiembre de 2025, emitida por la Sección Liquidación de Salarios y Beneficios, del Departamento Gestión Salarial y Compensaciones, de la Dirección Gestión y Desarrollo del Talento Humano, se solicitó a la Gerencia de Salud, lo siguiente: * Medidas de contingencia: Informar las acciones adoptadas para garantizar la continuidad de las atenciones médicas en toda la red sanitaria del IPS. * Consultas médicas: Detallar la cantidad de pacientes atendidos y aquellos cuya consulta fue suspendida, desglosado por servicios y establecimientos. En caso de suspensiones, especificar los motivos. * Cirugías programadas: Indicar la cantidad de cirugías realizadas y suspendidas, también desglosado por servicios y establecimientos. En los casos de suspensión, informar las razones correspondientes. * Propuesta de reglamentación: Elaborar y remitir la propuesta de reglamentación que establezca los protocolos de actuación, para una respuesta eficiente y efectiva para casos análogos, el cual deberá estar acompañado de una proforma de resolución. Que, en respuesta a lo solicitado, y conforme a la Providencia PR/GS N° 169/2025, de fecha 15 de setiembre de 2025, la Gerencia de Salud, informó que el viernes 05 de setiembre de 2025, pese a tratarse de un feriado nacional, los hospitales y servicios de la previsional operaron con normalidad, garantizando la atención a los asegurados en consultas, urgencias, procedimientos y estudios especializados. Asimismo, se indicó que fueron atendidos 18.724 pacientes en toda la red, de un total de 63.600 atenciones previstas, lo que representa un 29%. Se detalla continuación los procedimientos llevados a cabo:
“a) CIRUGÍAS Y PROCEDIMIENTOS El HOSPITAL CENTRAL llevó adelante 88 (ochenta y ocho) cirugías y procedimientos, distribuidos en las siguientes especialidades: * Ginecología: 09 (nueve) * Hemodinamia: 05 (cinco) * Cirugía Infantil: 10 (diez) * Gastroenterología (endoscopias y colonoscopias): 34 (treinta y cuatro) * Cirugía General: 02 (dos) * Otorrinolaringología: 04 (cuatro) * Cirugía Cardiaca: 03 (tres) * Cirugía Vascular: 07 (siete) * Neurocirugía: 03 (tres) * Unidad de Quemados: 06 (seis) * Traumatología Adultos: 02 (dos) * Traumatología Infantil: 03 (tres) Por su parte, el HOSPITAL E.Q. INGAVI, realizó 62 (sesenta y dos) procedimientos quirúrgicos, entre los que se destacan: * Traumatología: 21 (veintiuno) * Neurocirugía: 03 (tres) * Cirugía General: 18 (dieciocho) * Urología: 17 (diecisiete) * Mastología: 03 (tres) En total, entre ambos hospitales se efectuaron 150 (ciento cincuenta) cirugías, con un nivel de asistencia del 80% de los pacientes programados. b) URGENCIAS En el área de Urgencias, el HC atendió a 146 (ciento cuarenta y seis) pacientes, manteniendo la cobertura habitual en los servicios críticos. c) SERVICIOS DE APOYO Y DIAGNÓSTICO El Hospital Central garantizó la cobertura en estudios y laboratorios: * Laboratorio de Análisis Clínicos: 190 (ciento noventa) pacientes ambulatorios atendidos (33% de lo habitual). d) CENTRO DE DIAGNÓSTICO E IMÁGENES: * Ecografía general: 25 pacientes (30% de lo habitual). * Mamografía, RX y eco mamaria: 8% de lo habitual. * Ecocardiografía: 02 pacientes (0,1% de lo habitual). * Electrocardiografía: 11 pacientes (5% de lo habitual). * Resonancia magnética: cobertura normal al 100%, incluyendo estudios cardiacos. * Tomografías simples y contrastadas: 31 pacientes (20% de lo habitual)...”; Que, de igual forma, la Gerencia de Salud, refirió lo siguiente: “...según los resultados descriptos más arriba, deberían sostener los servicios esenciales y los no acomodables, como oncológico, diálisis, imágenes (TAC, resonancia, ecografías intervencionistas, etc.) cirugías pediátricas y que se deben mantener. En un feriado nacional se ven afectados otros factores como ser el acceso a los transportes públicos y demás estructuras comal seguridad, transporte, caminos, comunicación, etc. Entonces, estás medidas podrían resultar costos ineficientes para el sistema de salud. Todo lo que afecte a los servicios públicos, afecta al acceso a la salud indirectamente...”; Que, en forma consecuente, mediante la Providencia PR/GS N° 170/2025, de fecha 16 de septiembre de 2025, emitida por la Gerencia de Salud, se solicitó a la Gerencia de Desarrollo y Tecnología, el siguiente informe: * Consultas médicas: Detallar la cantidad de pacientes atendidos y aquellos cuya consulta fue suspendida, desglosado por servicios y establecimientos. * Cirugías programadas: Indicar la cantidad de cirugías realizadas y suspendidas, también desglosado por servicios y establecimientos. Que, por Providencia, de fecha 09 de octubre de 2025, emitida por el Departamento de Sistemas Informáticos de Salud, de la Dirección de Tecnología de la Información y de las Comunicaciones, se informó el listado de pacientes atendidos, clasificados por establecimiento y servicio, incluyendo las atenciones registradas tanto en la agenda ambulatoria como en el servicio de urgencias. Asimismo, se aclaró que el sistema de agendamiento de cirugías se encuentra en fase de implementación, por lo que, a la fecha del informe, aún no se dispone de datos actualizados; Que, el informe mencionado precedentemente, cuenta con el parecer favorable de la Dirección de Tecnología de la Información y de las Comunicaciones y la Gerencia de Desarrollo y Tecnología, según se verificó en la Providencia, de fecha 22 de octubre de 2025;
Que, por Providencia PR/GS N° 190/2025, de fecha 29 de octubre de 2025, la Gerencia de Salud, refirió cuanto sigue: “...Con respecto a la providencia DSC/DS1 N° 0280/2025, de fecha 13 de setiembre de 2025, de las dependencias de la DTH, por la cual se solicita remitir información relacionada con las gestiones sanitarias realizadas en la fecha del Feriado Nacional del 05 de setiembre de 2025, en cuanto a: * Medidas de contingencia: la implementación del sistema franquero (sábados, domingos, feriados y asuetos) para cobertura por guardias, tal como ocurre usualmente para estos casos y el cumplimiento de la Circular PR/DTH N° 065/2025, que expresa que el personal sanitario, administrativo y de apoyo de los Centros Asistenciales de Salud, dependientes de la Gerencia de Salud, deberá remitir el horario asignado para desempeñar sus funciones con regularidad, garantizando la continuidad de las prestaciones de servicios imprescindibles para los asegurados. * Consultas Médicas: Se remite la información proporcionada por el Dpto. de Sistemas Informáticos de Salud de la Dirección de Tecnología de la Información y de las Comunicaciones, sobre Listado de pacientes atendidos, clasificado por establecimiento y Servicio, registradas tanto en la Agenda Ambulatoria, como en el Servicio de Urgencias (Folios 09 al 22), cuyo total asciende a 18.724 prestaciones. En cuanto al Listado de cirugías, informan que el sistema aún se encuentra en fase de implementación, por lo que no se dispone de datos. * Cirugías Programadas: Se pudo colectar información del Hospital Central y del HEQ Ingavi, en cuanto a Cirugía y Procedimientos, consignados en la providencia del Folio 5 y 6 del expediente. * Propuesta de reglamentación: Consideramos que vuestra Dirección como instancia encomendada y competente en el tema, que cuenta en su amplia estructura organizacional un plantel de profesionales universitarios que han realizado Maestrías en RR.HH., serían los más indicados en elaborar la reglamentación requerida, con el apoyo incluso de la Dirección de Organización y Calidad para darle el formato MECIP correspondiente. Por nuestra parte, nos ponemos a disposición, para lo que pudiéramos colaborar...”; Que, por Correo Electrónico Institucional, de fecha 14 de noviembre de 2025, el Departamento Gestión Salarial y Compensaciones, remitió al Departamento Gestión del Talento Humano Hospital Central, ambos dependientes de la Dirección Gestión y Desarrollo del Talento Humano, el borrador de reglamento de protocolo de asistencias en días feriados adicionales en atención a lo dispuesto en la Ley N° 7544, “QUE DETERMINA LOS FERIADOS NACIONALES DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY, SE ESTABLECEN LOS FERIADOS MÓVILES Y SE FACULTA AL PODER EJECUTIVO A INSTITUIR OTROS FERIADOS EN SITUACIONES ESPECIALES”. En consecuencia, en la misma fecha, dicha dependencia emitió las sugerencias técnicas correspondientes; Que, posteriormente, mediante la Providencia DSC/DS1 N° 0376/2025, de fecha 15 de noviembre de 2025, emitida por la Sección Gestión de la Asistencia, del Departamento de Gestión Salarial y Compensaciones, remitió a la Gerencia de Salud, el borrador con la propuesta correspondiente, a efectos de proceder a la verificación; análisis y parecer respectivo; Que, ante la posibilidad de feriados los días viernes 26 de diciembre de 2025 y viernes 02 de enero de 2026, se convocó a una reunión laboral realizada el 21 de noviembre de 2025, respaldada mediante el Acta de Reunión N° 127/2025, con representantes de la Dirección Gestión y Desarrollo del Talento Humano, Dirección de Tecnología de la Información y de las Comunicaciones y la Gerencia de Salud, en donde se concluyó lo siguiente: 1. La DTIC informó que remitió vía correo electrónico la Lista de Pacientes Agendados por establecimientos en fecha 26 de diciembre de 2025 y 02 de enero de 2026, para conocimiento de la Gerencia de Salud, y a su vez se realizó un bloqueo preventivo.
2. La DGTH, comunicó que se encuentra en etapa de elaboración de reglamentos en caso de contingencias de feriados, y a su vez informó que se encuentra a la espera de la publicación de los términos del posible decreto. 3. La GS, informó conforme a la reunión realizada con los directores de área se acordó proponer como plan, cuanto sigue: a) Con relación a la consulta ambulatoria, las citas son agendadas a 7 días en las troncales y a 15 días en las especialidades por fila única, en ese sentido, se solicitará el bloqueo de las fechas 24, 26 y 31 de diciembre, así como, el 02 de enero de 2026. En atención a las subespecialidades que agendan a mayor plazo se “reagendarán”, adelantando esas citas. b) Asimismo, en los procesos quirúrgicos se procederán a adelantar los procedimientos agendados en esas fechas. c) En los referentes a servicios de apoyo, farmacias y laboratorios entrarán en Sistema de Guardia de franqueros. d) Por último, con relación al proceso de estudios de diagnóstico por imágenes se reagendará, adelantando esas citas. e) Se garantiza la atención en todos los procesos de urgencias, los servicios de tratamientos oncológicos, de diálisis y críticos”; Que, en respuesta a lo solicitado por la por la Sección Gestión de la Asistencia, del Departamento de Gestión Salarial y Compensaciones, de la Dirección Gestión y Desarrollo del Talento Humano, mediante la Providencia PR/GS N° 203/2025, de fecha 01 de diciembre de 2025, sugiere las siguientes modificaciones: 1. Título del Reglamento: “REGLAMENTO DE ASISTENCIA DE FUNCIONARIOS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS INDISPENSABLES EN DÍAS FERIADOS ADICIONALES”. 2. Especificar en el Artículo 2° - Ámbito de aplicación. SERVICIOS DE APOYO DE DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO (Urgencias e Internados) IMAGENES, LABORATORIO. Que, en atención a la definición de “Servidores Públicos” establecida en el inciso r) del Artículo 9° de la Ley N° 7445 “DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Y DEL SERVICIO CIVIL”, se sugiere reemplazar la palabra “funcionarios” por “servidores públicos” en el acápite de la propuesta de reglamento; Que, por Nota Interna GS/N° 185/2025, de fecha 04 de diciembre de 2025, la Gerencia de Salud, sugirió la autorización del horario normal del sistema de salud del IPS, y la concesión de día libre en compensación al día decretado como feriado nacional en un periodo no mayor a 03 (tres) meses posteriores; Que la Dirección Gestión y Desarrollo del Talento Humano, en virtud de lo expuesto respecto al Día Libre Compensatorio, señaló que dicho beneficio debe otorgarse a quienes no cuentan con horario de guardia, conforme a lo establecido en la reglamentación interna autorizada por la Máxima Autoridad mediante la Resolución C.A. N° 108-011/2011, de fecha 27 de diciembre de 2011, específicamente en el apartado de Normas Inherentes al Procedimiento, inciso m), así como en la Resolución C.A. N° 056-001/2024, de fecha 05 de agosto de 2024, en donde se dispone que las guardias médicas son de carácter “presencial”; Que, por Dictamen DIJ/DDC/N° 824/2025, de fecha 10 de diciembre de 2025, la Dirección Jurídica, concluyó cuanto sigue: “Por tanto, considerando los informes remitidos, y la normativa legal vigente se concluye que el documento borrador del REGLAMENTO DE ASISTENCIA DE SERVIDORES PÚBLICOS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS INDISPENSABLES EN DÍAS FERIADOS ADICIONALES, se ajusta a lo dispuesto en el Art. 8° de la Ley N° 7544/2025, así como también a lo dispuesto en el Art. 2° del Decreto N° 5040/2025 “POR EL CUAL SE DECLARA FERIADO NACIONAL CONFORME CON LAS DISPOSICIONES DE LA LEY N° 7544/2025 EL DÍA VIERNES 26 DE DICIEMBRE DE 2025”, por lo que se sugiere a la Dirección Gestión y Desarrollo del Talento Humano, elevar los antecedentes del documento a consideración de la Máxima Autoridad Institucional para su tratamiento y aprobación”;
Que, la propuesta en cuestión cuenta con el aval de la Directora de la Dirección Gestión y Desarrollo del Talento Humano, garantizando así su conformidad en los términos de la Nota Interna PR/DTH/N° 464/2025, de fecha 05 de diciembre de 2025, suscrita por la misma; Por tanto, en uso de sus atribuciones; EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL Resuelve:
Art. 1
1°) Aprobar el “REGLAMENTO DE ASISTENCIA DE SERVIDORES PÚBLICOS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS INDISPENSABLES EN DÍAS FERIADOS ADICIONALES”, conforme al Anexo, el cual se encuentra refrendado por la Secretaria del Consejo de Administración y las Áreas Técnicas respectivas, que consta de 04 (cuatro) fojas y se adjunta a la presente resolución.
Art. 2
2°) Tomar conocimiento del Informe sobre las "medidas adoptadas que garantizaron las atenciones médicas en toda la Red Sanitaria del Instituto de Previsión Social, ante el Decreto N° 4522 de la Presidencia de la República del Paraguay, que declaró un feriado adicional no previsto, el día viernes 05 de setiembre de 2025.
Art. 3
3°) Disponer que la Gerencia de Salud, en conjunto con la Dirección de Tecnología de la Información y de las Comunicaciones, establezca el mecanismo para extraer los datos de productividad laboral mediante un aplicativo sistémico, a fin de evidenciar de forma integral y automatizada el detalle y la cantidad de asegurados atendidos por el personal de salud y de apoyo del Instituto, ya sea en consultas médicas ambulatorias, urgencias, cirugías realizadas, procedimientos de imágenes, estudios laboratoriales, agendamientos, entre otros.
Art. 4
4°) Disponer que la Gerencia de Salud, en conjunto con la Dirección de Tecnología de la Información y de las Comunicaciones, emita al Consejo de Administración, un informe sobre los avances en la implementación del sistema de agendamientos de cirugías médicas programadas, en un plazo no mayor de sesenta días a partir de la fecha de la presente resolución.
Art. 5
5°) Encomendar a las dependencias técnicas de la Dirección Gestión y Desarrollo del Talento Humano, la realización de los procesos de descuento de jornales en caso de registrarse inasistencias laborales por parte de los Servidores Públicos que cuenten con horario laboral asignado en días feriados adicionales y no se presenten a cumplir sus funciones.
Art. 6
6°) Autorizar a la Dirección Gestión y Desarrollo del Talento Humano y a la Auditoría Interna, a realizar verificaciones de asistencia in situ, de forma aleatoria, durante las jornadas laborales consideradas como feriados adicionales.
Art. 7
7°) Establecer que la Dirección Gestión y Desarrollo del Talento Humano, es la responsable de la integridad del expediente físico y su coherencia con la versión digital registrada para el tratamiento por parte del Consejo de Administración.
Art. 8
8°) Comunicar a quienes corresponda y archivar.
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