QUE DECLARA PATRIMONIO NACIONAL LOS RIELES DE LA VIA DEL FERROCARRIL, SITUADOS EN EL DEPARTAMENTO ALTO PARAGUAY.
VigenteLEY2012PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/0CKY
Patrimonio Nacional -- Declaración de Patrimonio Nacional a los "Rieles de la vía del Ferrocarril", situados en el Departamento Alto P
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Art. 1
Artículo 1°.- Declárase Patrimonio Nacional los "Rieles de la vía del Ferrocarril", situados en el Departamento Alto Paraguay.
Art. 2
Artículo 2°.- Autorízase a la Gobernación del Departamento Alto Paraguay, a inventariar, registrar y conservar los rieles ubicados en el Departamento, a fin de salvaguardar los bienes patrimoniales.
Art. 3
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a veintisiete días del mes de octubre del año dos mil once, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a veintiocho días del mes de marzo del año dos mil doce, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 207 numeral 1) de la Constitución Nacional.
Víctor Alcides Bogado González
Presidente
H. Cámara de Diputados
Jorge Oviedo Matto
Presidente
H. Cámara de Senadores
Mario Soto Estigarribia
Secretario Parlamentario
Blanca Beatriz Fonseca Legal
Secretaría Parlamentaria
Asunción, 26 de abril de 2012
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
El Presidente de la República
Fernando Lugo Méndez
Cecilio Pérez Bordón
Ministro de Obras Públicas y Comunicaciones