VigenteLEY1990PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/00UN
Pensión de Honor Vitalicia a favor de ex presidentes y ex vicepresidentes - Derogación de la Ley Nº 235 del 26 de diciembre de 1970.
El Congreso de la Nación Paraguaya sanciona con fuerza de LEY:
Art. 1
Artículo 1º: Derógase la Ley Nº 235 del 26 de diciembre de 1970, "Que modifica la Ley Nº 1.189 del 31 de agosto de 1966, que establece el derecho a una Pensión de Honor Vitalicia a favor de ex presidentes y ex vicepresidentes de la Honorable Cámara de Representantes".
Art. 2
Artículo 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Modificado por LEY 2421/2004
Modificado por LEY 2421/2004
Aprobada por la H. Cámara de Diputados a veintiocho días del mes de noviembre del año un mil novecientos noventa y por la H. Cámara de Senadores, sancionándose la Ley, a veinte días del mes de diciembre del año un mil novecientos noventa.
José A. Moreno Ruffinelli
Presidente
H. Cámara de Diputados
Waldino Ramón Lovera
Presidente
H. Cámara de Senadores
Carlos Caballero Roig
Secretario Parlamentario
Evelio Fernández Arévalos
Secretario Parlamentario
Asunción, 4 de enero de 1991.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
El Presidente de la República
Andrés Rodríguez
Enzo Debernardi
Ministro de Hacienda