ORDENANZA 331/2009 • JUNTA MUNICIPAL - MUNICIPALIDAD DE ASUNCION (J.M.) • 2009/09/16 • PY/LEGI/0BCI
VigenteORDENANZA2009JUNTA MUNICIPAL - MUNICIPALIDAD DE ASUNCIONPY/LEGI/0BCI
Municipalidad -- Exigencias de estacionamientos de vehículos en viviendas unifamiliares -- Modificación de la Ord. 43/94 Anexo 1.
VISTO: El Dictamen de la Comisión de Planificación Física y Urbanística, con relación a la Minuta ME/Nº 3.736, del Concejal Augusto Wagner, a través de la cual presenta un Proyecto de Modificación y Ampliación de la Ordenanza referente a Estacionamientos; y, CONSIDERANDO: Que, la Minuta del Concejal Wagner hace referencia a la "necesidad de realizar un estudio de la Ordenanza que regula la exigencia de los estacionamientos para viviendas, Entidades Bancarias y Universidades Privadas, a fin de adecuarlos a la realidad o situación actual que afecta a nuestra ciudadanía". Que, además expresa entre otras cuestiones: "que aproximadamente 1.200.000 personas se trasladan diariamente a la capital por motivos de trabajo, fijando residencia en otros municipios. Una parte accede a la ciudad de Asunción por transporte público y la otra por movilidad propia....en gran medida la razón de esta migración es debido a la falta de oferta de vivienda que les posibilite habitar digna y económicamente cerca de sus respectivos lugares de trabajo, trayendo como consecuencia más tráfico, polución, uso de servicios por los cuales no tributa, así como también otras situaciones que contribuyen a incumplimientos laborales, dejar el hogar por más horas, etc.". Que, en relación al Proyecto de Modificación de la Ordenanza 43/94, referente a la exigencia de estacionamientos se realiza el siguiente análisis. Que, el Proyecto de Ordenanza recomienda en su artículo 3 sustituir el término eximición por el de exoneración para tener una clara interpretación de la intención de la Ordenanza. Que, también es pertinente delimitar los sectores de la ciudad que se acogerán a los beneficios de esta excepcionalidad, y como bien lo señala en el considerando del Proyecto de Ordenanza que menciona la revitalización del micro-centro con programas habitacionales, es conveniente que las áreas a ser afectadas correspondan al Área Central y Área de Transición y AR3-B. Que, estas áreas poseen capacidad ociosa de servicios públicos, transporte público y pueden absorber sin inconveniente una mayor densificación poblacional. Que, también en el Art. 6, en el punto C, sería conveniente que en los centros educativos superiores la exigencia de estacionamiento sea de acuerdo al número de alumnos, que podría proponerse de una plaza de estacionamiento cada 5 alumnos. Por tanto; LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ASUNCIÓN, REUNIDA EN CONCEJO ORDENA:
Art. 1
Art. 1º- Aprobar la modificación de la Ordenanza Nº 43/94, referente a la exigencia de estacionamientos de vehículos en viviendas unifamiliares de hasta 120 mts.2.
Art. 2
Art. 2º- Establecer un incentivo para fomentar la construcción de viviendas multifamiliares, con las unidades de viviendas de hasta 120 mts.2 construidos, las cuales no estarán sujetas a exigencias de estacionamiento de vehículos y que se localicen en las siguientes zonas del Plan Regulador: en el Área Central, Área de Transición y en las Áreas Residenciales de Alta Densidad (AR3B)
Art. 3
Art.3º-La exoneración de los lugares de estacionamiento rige solamente para el uso de viviendas permanentes. No así para Hoteles, Pensiones, Apart Hoteles, ni ningún otro tipo de alojamiento transitorio.
Art. 4
Art. 4º- Para que se cumpla esta condición de exoneración de estacionamiento, la vivienda deberá contar con todo el equipamiento propio de la misma; estar, comedor, dormitorio, cocina, lavadero y baño. La omisión de uno de estos ambientes hará que no se considere como tal.
Art. 5
Art. 5º- Las edificaciones deberán ajustarse a todas las normas vigentes según la zona de implantación.
Art. 6
Art. 6º- Modificar el Anexo 1 de la Ordenanza Nº 43/94 del Plan Regulador, en el párrafo de estacionamiento.
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Art. 7
Art. 7º- Comuníquese a la Intendencia Municipal.
Dada en la Sala de Sesiones de la Junta Municipal de la ciudad de Asunción, a los diez y seis días del mes de setiembre del año dos mil nueve.
GLADYS CATTEBEKE
Presidenta
JOSÉ MARÍA OVIEDO V.
Secretario General