RESOLUCION 232/2009 • MINISTERIO DE JUSTICIA Y TRABAJO (M.J.T.) • 2009/03/31 • PY/LEGI/0BAN
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Disposición de la gratuidad del servicio de inscripción en los Libros del Registro del Estado Civil, de las Resoluciones Judiciales di
Visto: La necesidad de promover y fomentar los procesos de Opción de Nacionalidad de conformidad a lo previsto por el Art. 146 numeral 3 de la Constitución Nacional y su reglamentación prevista en la Ley Nº 582/95; y Considerando: Que, el Gobierno Nacional considera de trascendental importancia para el país, y por tanto de interés nacional, la asistencia oportuna y efectiva a las personas que desean optar por la nacionalidad paraguaya natural. Que, es sabido que el Derecho a la Nacionalidad de halla expresamente garantizado por nuestra Carta Magna y constituye sin duda alguna la columna vertebral de la capacidad jurídica del individuo que le permite el acceso a otros derechos inalienables como el desarrollo económico, social, político, cultural y otros no menos importantes, además de constituir uno de los elementos esenciales sobre los que reposa el Estado soberano. Que, también es hartamente sabido que los grandes movimientos migratorios de paraguayos y paraguayas hacia el exterior durante los últimos años, enfrenta hoy uno de sus peores momentos, ante la grave coyuntura emergente de la crisis financiera internacional que ha colocado a miles de compatriotas frente al desempleo, la pobreza y hasta la desesperación, produciéndose el regreso masivo de los mismos a tierra paraguaya, muchos de ellos en compañía de sus hijos que al haber nacido en territorio extranjero han perdido el vínculo de la nacionalidad. Que, ante esta abrumadora realidad resulta evidente que el Estado a través de sus agentes debe responder en forma urgente, oportuna y ágil a las necesidades y expectativas de quienes al amparo del Art. 146 numeral 3 de la Constitución Nacional, han decidido optar por la nacionalidad paraguaya, siendo preciso allanar los obstáculos que impiden o coartan el ejercicio regular de este derecho humano fundamental, a cuyo efecto esta autoridad administrativa considera procedente alentar y fomentar la implementación de Campañas Masivas destinadas a facilitar los procesos de Opción de Nacionalidad, siendo en consecuencia coherente, congruente y justo con los fines mencionados, acordar la gratuidad de la inscripción en los Libros pertinentes y expedición de los documentos inherentes a los procesos administrativos de Opción de Nacionalidad que se realizan ante la Dirección General del Registro del Estado Civil, como vía idónea dirigida a enfrentar con éxito este agobiante panorama que afecta a los descendientes de inmigrantes paraguayos repartidos por todo el mundo. Que, en lo que atañe a la participación de funcionarios de la Secretaría de Desarrollo para Repatriados y Refugiados Connacionales en las gestiones atinentes a la inscripción de las Opciones de Nacionalidad emanadas del Poder Judicial ante la Dirección General del Registro del Estado Civil, nada obsta esta posibilidad ya que ella emana justamente de la naturaleza propia de las tareas legalmente encomendadas a dicha Secretaría Ejecutiva, sin perjuicio de la presencia de los interesados, cuando ello resulte de carácter indispensable. Por tanto, en ejercicio de sus atribuciones; El Ministro de Justicia y Trabajo Resuelve:
Art. 1
Art. 1º.- Disponer la gratuidad del servicio de inscripción en los Libros del Registro del Estado Civil, de las Resoluciones Judiciales dictadas en el marco de las peticiones de Opción de Nacionalidad; y Autorizar a la Dirección General del Registro del Estado Civil, dependiente del Ministerio de Justicia y Trabajo, a implementar cuantas medidas administrativas sean pertinentes, a fin de facilitar el cumplimiento de la presente disposición, debiendo llevar un registro preciso y detallado de los procesos atinentes a los trámites de inscripción administrativa de las Resoluciones Judiciales sobre Opción de Nacionalidad.
Art. 2
Art. 2º.- Comunicar a quienes corresponda y cumplido, archivar.