POR LA QUE SE ESTABLECE LA CANTIDAD DE CONCEJALES QUE CONFORMARAN LAS JUNTAS MUNICIPALES EN LOS DISTRITOS DE SAN ALFREDO Y PASO BARRETO.
VigenteDISPOSICION TECNICO-REGISTRAL2013DIRECCION GENERAL DE LOS REGISTROS PUBLICOSPY/LEGI/0DNE
Designación de autoridades -- Autoridades encargadas de calificación y expedición de las solicitudes de copias o fotocopias autenticad
VISTO: El actual procedimiento de expedición de copias o fotocopias de asientos regístralas ordenados judicialmente además de los que son solicitados por instituciones públicas diversas, a cargo de la oficina denominada "CENTRO DEL COPIADO", y, CONSIDERANDO: Que, por Circular N°. 69/2012 la Dirección General dispuso delegar a la Jefatura de la oficina registral denominada "Centro de Copiado" la facultad de calificar y expedir copias o fotocopias de asientos regístrales ordenados judicialmente además de los que son solicitados por instituciones públicas diversas, con el objetivo de descomprimir las funciones asignadas a las oficinas de Publicidad Registral del Registro de Inmuebles. Que, por nota de fecha 28 de junio del 2013, la actual Jefa del Centro de Copiado, Esc. Viviana Maruta Núñez elevó a consideración de la Dirección General la situación por la que atraviesa dicha oficina en materia de infraestructura técnica y cantidad de personal asignados las que, según sus expresiones, se hallan en notable desproporción con relación a la cantidad de solicitudes de copias o fotocopias que deben procesarse por día, las que provienen no solo del cumplimiento de las órdenes judiciales, sino también de los pedidos formulados por todas las oficinas dependientes de la D.G.R.P. Que, por su parte se procedió, a través del Departamento de Asesoría Jurídica, a la verificación in situ de la situación organizacional y documentaciones pendientes de expedición a cargo del Centro del Copiado. Del informe proporcionado por el Departamento de Asesoría Jurídica surge que, además de que existen varios ítems que deben reverse en materia de gerenciamiento de dicha oficina, existe escaso personal disponible para atender a la alta demanda de documentaciones que ingresan a la misma. Que la situación actual de dicha oficina requiere de la adopción de medidas urgentes a fin de dar cumplimiento al plazo de 10 (diez) días en que los pedidos de copias o fotocopias de asientos regístrales deben expedirse. Por tanto, en mérito a las consideraciones que anteceden, la, DIRECTORA GENERAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS. DISPONE:
Art. 1
ART. 1°.-
DELEGAR en las Jefas de Sección, Esc. Viviana Núñez Maruta y Abog. Seledonia Martínez Sosa (actual Jefa de la Sección Prenda con Registro), la funciones de calificación y expedición de las solicitudes de copias o fotocopias autenticadas de los asientos regístrales de inmuebles. No obstante, dichas funciones las ejercerán en forma separada "por secciones", a saber:
• Las solicitudes de copias ingresadas a las Secciones Primera, Folio Real, Segunda, Tercera, Novena, Propiedad Horizontal y Duodécima, además de las que fueren solicitadas por oficinas dependientes de la Dirección General, quedarán asignadas a la Esc. Viviana Núñez Maruta.
• Las solicitudes de copias ingresadas a las Secciones: A y B, Quinta, Sexta, Séptima, Octava, Decima A y B, y Undécima, quedan asignadas a la Abog. Seledonia Martínez Sosa, sin perjuicios de sus funciones como jefa de la Sección de Prenda con Registro.
En cumplimiento de sus funciones deberán observar estrictamente las disposiciones internas y jerárquicas sobre el procedimiento de expedición de copias o fotocopias. Para el caso de solicitudes de copias o fotocopias elevadas por instituciones públicas que no fueren las jurisdiccionales (Juzgados, Tribunales y Fiscalías) se expedirán solo copias o fotocopias simples y no autenticadas, de conformidad a las disposiciones de la Acordada N° 71/97.
Art. 2
ART. 2°.- ASIGNAR a los funcionarios de la Sección Prenda con Registro, sin perjuicio de sus funciones actuales, la tarea de calificación y expedición de copias, tos que junto con el personal ya asignado al Centro del Copiado, actuarán como un solo equipo de trabajo.
Art. 3
ART. 3°.- VIGENCIA: La presente Disposición entrará a regir, AD REFERENDUM de lo que pudiere disponer el Excmo. Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia, respecto de las solicitudes de copias o fotocopias ingresadas a partir del día 02 de setiembre del corriente año
Art. 4
ART. 4°.- ANOTESE, regístrese como Disposición Técnico Registral N°. 06/2013, comuníquese a la Jefatura del Centro del Copiado, a la Jefatura de la Sección Prenda con Registro, a todas las Jefaturas de Inscripción y Publicidad del Registro Inmobiliario y No Inmobiliario, a los Encargados del Archivo Inmobiliario, a la oficina de Coordinación del Personal, a la Vice Dirección General, a la Dirección del Registro Inmobiliario, al Departamento de Asesoría Jurídica, al Departamento de Informática, a la Oficina de Exhibiciones de Asientos regístrales, a la Oficina de Denuncias de Irregularidades, al Departamento de Mesa de entrada y salida de la D. G. R. P. a la Dirección de Auditoría Interna del Poder Judicial, a la Excma. Corte Suprema de justicia y ARCHIVESE.
Abog. y N.P. Lourdes González