RESOLUCION 1333/2005 • COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES (CONATEL) • 2005/10/31 • PY/LEGI/02XD
Sin vigenciaRESOLUCION2005COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONESPY/LEGI/02XD
Telecomunicaciones ¿ Establecimiento de normas técnicas de sistemas para redes radioeléctricas de área local.
VISTO: El Plan Nacional de Atribuciones de Frecuencias aprobados por Resolución Nº 1505/2002 del 18.12.2002, y posteriores modificaciones; los resultados de la última Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones del año 2003 (CMR ¿ 2003); LA Resolución 1332/2005 del 31.10.2005 por la cual se modifican las Notas Nacionales PRG-50, PRG-53 y Cuadros de Aplicación del Plan Nacional de Atribuciones de Frecuencias de la República del Paraguay; el Reglamento de Radiocomunicaciones en su edición 2004; la Resolución 229 de la CMR ¿ 2003 por la cual se establece la «Utilización de las bandas 5150 ¿ 5250 MHz, 5250 ¿ 5350 MHz y 5470 ¿ 5725 MHz por el servicio móvil para la implementación de sistemas de acceso inalámbrico, incluidas las redes radioeléctricas del área local»; la Recomendación UIT-RM, 1450 «Características de las redes radioeléctricas de área local de banda ancha», en donde se recomiendan marcos de referencias para el establecimiento de redes RLAM en las bandas 2400- 2483,5 MHz, 5150 ¿ 5250 MHz, 5250 ¿ 5350 MHz, 5470 ¿ 5725 MHz y 5725 ¿ 5825 MHz; la Resolución Nº 157/1999 del 14.05.1999, y modificaciones posteriores por la cual quedaron establecidas las Normas Técnicas de los Sistemas de Espectros Ensanchados; el informe de fecha 22.06.2005, presentado en forma conjunta por el Departamento de Ingeniería del Espectro y la Unidad Técnica Administrativa de la Gerencia de Radiocomunicaciones; el informe de fecha 20.07.2005 de la Gerencia Técnica; el Dictamen AJ Nº 1217/2005 de fecha 24.08.2005 de Asesoría Jurídica; la Providencia de fecha 31.08.2005 de la Gerencia de Radiocomunicaciones; el informe de fecha 21.10.2005 presentado por el Gabinete Técnico. CONSIDERANDO: Que en la Resolución Nº 1332/2005 por la cual se modifican las Notas Nacionales PRG-50, PRG-53 y Cuadros de Aplicación del Plan Nacional de Atribuciones de Frecuencias de la República del Paraguay permite el funcionamiento de Sistemas para Redes Radioeléctricas de Área Local (RLAN) en las bandas 2400- 2483,5 MHz, 5150 ¿ 5250 MHz, 5250 ¿ 5350 MHz, 5470 ¿ 5725 MHz y 5725 ¿ 5850 MHz. Que en las bandas 2400- 2483,5 MHz existen numerosas asignaciones para Sistemas de Espectros Ensanchados utilizados como enlaces punto a punto por redes privadas y empresas proveedoras de servicios. Que en las bandas 2400- 2483,5 MHz también existen asignaciones de frecuencias para sistemas de relevadores radioeléctricos de microondas utilizados para enlaces punto a punto. Que, existe la necesidad de bandas de frecuencia a fin de permitir las comunicaciones inalámbricas para redes de área local (RLAN) en configuración punto a multipunto. Que, existen estándares internacionales y equipos para ser utilizados en las bandas 5150 -5250 MHZ, 5250 ¿ 5350 MHz, 5470 ¿ 5725 MHz y 5725 ¿ 5850 MHz, en configuraciones punto a punto, punto a multipunto, en redes inalámbricas. Que, se ha puesto el establecimiento de Normas Técnicas de Sistemas para Redes Radioeléctricas de Área Local (RLAN). POR TANTO: El Directorio de CONATEL, en sesión ordinaria del 31 de octubre de 2005, Acta Nº 42/2005, y de conformidad a las disposiciones legales previstas en la Ley Nº 642/95 de Telecomunicaciones. RESUELVE
Art. 1
Artículo 1º - Aprobar las Normas Técnicas de Sistemas para Redes Radioeléctricas de Area Local (RLAN) en las bandas de frecuencias 2400- 2483,5 MHz, 5150 ¿ 5250 MHz, 5250 ¿ 5350 MHz, 5470 ¿ 5725 MHz y 5725 ¿ 5850 MHz, conforme al anexo que forma parte de la presente Resolución.
Art. 2
Art. 2º - Dejar sin efecto lo establecido en la Resolución Nº 157/1999 del 14.05.1999 y sus posteriores modificaciones.
Art. 3
Art. 3º - Establecer que la CONATEL velará por el cumplimiento de estas disposiciones.
Art. 4
Art. 4º - Comunicar a quienes correspondan, publicar en la Gaceta Oficial y cumplido, archivar.
ANEXO
Tabla 1
Tabla 2
Tabla 3