RESOLUCION 105/2002 • MINISTERIO DE JUSTICIA Y TRABAJO (M.J.T.) • 2003/10/09 • PY/LEGI/00JT
VigenteRESOLUCION2002MINISTERIO DE JUSTICIA Y TRABAJOPY/LEGI/00JT
Contrataciones del Estado. Unidad Ejecutora del Proyecto de Formación y Capacitación Laboral. Unidad Operativa de Contratación (U.O.C.). Creación. Funciones.
Visto: El Decreto Nº 21.909 de fecha 11 de agosto de 2003, "Por el cual se reglamenta la Ley Nº 2051/2003. De Contrataciones Públicas", y: Considerando: Que, el Artículo 9º del citado Decreto, dispone el establecimiento de una dependencia que desempeñe las funciones de la Unidad Operativa de Contratación (U.O.C.), dentro de los cuarenta y cinco (45) días corridos computados desde el 11 de agosto de 2003. Que, es necesario crear una Unidad Operativa de Contratación, dependiente de la Unidad Ejecutora del Proyecto de Formación y Capacitación Laboral, del Ministerio de Justicia y Trabajo, la cual se encargará de ejecutar los procedimientos de planeamiento, programación, presupuesto y contratación de las materias reguladas en la Ley Nº 2051/2003 "De Contrataciones Públicas". Que, es atribución del Señor Ministro, la organización y funcionamiento de las distintas dependencias de la Cartera de Justicia y Trabajo, a fin de obtener la mayor eficiencia en el desempeño de la misma. POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones; EL MINISTRO DE JUSTICIA Y TRABAJO RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1º.- Crear la Unidad Operativa de Contratación (U.O.C.), dependiente de la Unidad Ejecutora del Proyecto de Formación y Capacitación Laboral, del Ministerio de Justicia y trabajo, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Nº 21.909 de fecha 11 de agosto de 2003, que reglamenta la Ley Nº 2051/2003 "De Contrataciones Públicas", la cual se encargará de ejecutar los procedimientos de planeamiento, programación, presupuesto y contratación reguladas en la citada Ley y su reglamentación; y que tendrá una relación funcional y técnica con la Unidad Central Normativa y Técnica (UCNT) de la Subsecretaría de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda.
Art. 2
Art. 2º.- Comuníquese a quienes corresponda, y cumplida, archivar.- Juan Darío Monges - César Gabino Pintos.