RESOLUCION 4/1996 • BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY - DIRECTORIO (B.C.P. - Directorio) • 1996/08/08 • PY/LEGI/03YX
VigenteRESOLUCION1996BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY - DIRECTORIOPY/LEGI/03YX
Entidades financieras. Estructura de tasas de encaje legal. Moneda extranjera.
VISTO: el informe DEMF/DEM N° 44 del Departamento de Estudios Monetarios y Financieros del 5 de Agosto de 1996; y la providencia del Presidente del 7 de agosto de 1996. CONSIDERANDO: la conveniencia de establecer requisitos uniformes de encajes legales que tiendan a reducir las distorsiones que puedan derivarse de la aplicación de instrumentos de control monetario. Por tanto, en uso de la facultad que les confieren los artículos 19 y 70 de la Ley N° 489 "Orgánica del Banco Central del Paraguay" del 29 de junio de 1995, EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1° - Aplicar, a partir del 1 de agosto de 1996, sobre los depósitos en moneda extranjera en los bancos y financieras del país las siguientes tasas de encaje legal:
Art. 2
Art. 2° - Fijar un encaje legal igual a la tasa de encaje aplicada sobre los depósitos en cuenta corriente, para las cancelaciones de instrumentos con plazos superiores a un año, por un plazo equivalente al tiempo transcurrido entre la fecha de inicio de la operación y la fecha de cancelación anticipada.
Art. 3
Art. 3° - Dejar sin efecto el artículo 2° y 3° de la Resolución N° 3, Acta N° 123, del 26 de julio de 1995; el artículo 2° de la Resolución N° 2, Acta 97, del 20 de junio de 1995 y las demás disposiciones contrarias a la presente resolución.
Art. 4
Art. 4° - La Superintendencia de Bancos fiscalizará el cumplimiento de la presente Resolución.
Art. 5
Art. 5° - Comunicar a quienes corresponda, publicar y archivar.
FDO: HERMES ANIBAL GOMEZ GINARD.-PRESIDENTE
HUGO ELIGIO CABALLERO ORTIZ.-DIONISIO A. CORONEL BENITEZ.-
LUIS ENRIQUE BREUER MOJOLI.-ALVARO CABALLERO CARRIZOSA.-MIEMBROS.-
RAMON REGINO MARTINEZ ROLON.-SECRETARIO DEL DIRECTORIO