POR LA CUAL SE APRUEBA EL ORGANIGRAMA SECTORIAL CORRESPONDIENTE A LA DIRECCIÓN MÉDICA DEL HOSPITAL GENERAL PEDIATRICO "NIÑOS DE ACOSTA ÑÚ", DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTAR SOCIAL.
VigenteRESOLUCION2013MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTAR SOCIALPY/LEGI/0DHU
Estructura orgánica -- Aprobación del Organigrama Sectorial correspondiente a la Dirección Médica
VISTA: La propuesta de Organigrama Sectorial correspondiente a la Dirección Médica del Hospital General Pediátrico "Niños de Acosta Ñu", presentada al Gabinete por la Dirección General de Planificación y Evaluación, con su parecer favorable; por medio de la nota de fecha 12 de junio de 2013, registrada como expediente SIMESE N° 6748/2013; y CONSIDERANDO: Que la Dirección General de Asesoría Jurídica ha emitido el Dictamen AJ N° 1469/2013, a favor de la presente Resolución. Que el Decreto N° 513/2008 autoriza al Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social a "definir y aprobar su estructura organizacional y funcional". Que, en concordancia con lo preceptuado por la Constitución Nacional en su Artículo 242 - De los deberes y de las atribuciones de los Ministros, el Decreto N° 21376/98, Artículos 19°, y 20° numeral 6, establece que al Ministro de Salud Pública y Bienestar Social compete ejercer la administración general de la Institución; y el numeral 7 del Artículo 20 del mismo Decreto le asigna, entre otras funciones específicas, la de dictar Resoluciones que regulen la actividad de los diversos programas, dependencias y servicios, reglamenten su organización y determinen sus funciones. POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones legales; EL MINISTRO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTAR SOCIAL RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1°. Aprobar el Organigrama Sectorial correspondiente a la Dirección Médica del Hospital General Pediátrico "Niños de Acosta Ñú", del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social; el cual forma parte, como anexo, de la presente Resolución.
Art. 2
Artículo 2°. Encomendar a la Dirección General de dicho hospital la implementación del Organigrama Sectorial, a partir de la fecha de esta Resolución.
Art. 3
Artículo 3°. Dejar sin efecto toda disposición ministerial anterior que se contraponga a lo dispuesto por la presente Resolución.
Art. 4
Artículo 4°.- Comunicar a quienes corresponda y cumplido, archivar.
PROF. DR. ANTONIO ARBO SOSA
MINISTRO
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