ACORDADA 84/1986 • CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DEL PARAGUAY (C.S. Paraguay) • 1986/09/23 • PY/LEGI/00HT
VigenteACORDADA1986CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DEL PARAGUAYPY/LEGI/00HT
Autorización a la Dirección de Registros Públicos a extender el procedimiento de anexión de copia autenticada de las escrituras -- Casos.
En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay, a los veinte y tres días del mes de setiembre de mil novecientos ochenta y seis, siendo las once horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia el Excmo. Señor Presidente Prof. Dr. Luís María Argaña y los Excmos. Señores Miembros Profesores Dres. Justo Pucheta Ortega, José Alberto Correa, Francisco Pussineri Oddone y Alexis Frutos Vaesken, por ante mí el Secretario autorizante; DIJERON: Que para la inscripción de las hipotecas se autorizó al Registro a extractar los datos más importantes en una hoja de registro y en una fotocopia autenticada de la escritura respectiva. Que la experiencia favorable de este sistema amerita su extensión cuando con la adquisición del dominio se constituye hipoteca. Por tanto, y de conformidad a lo dispuesto en los Arts. 29 inc. a), III inc. j), 232 inc. a) y 280 del Código de Organización Judicial, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACUERDA:
Art. 1
Art. 1°Autorizar a la Dirección General de los Registros Públicos a extender el procedimiento de anexión de copia autenticada de las escrituras, en los casos de adquisición del dominio cuando con ella se constituye hipoteca simultáneamente, debiendo en este caso archivarse con las constancias dominiales.
Art. 2
Art. 2° Anótese, regístrese, notifíquese.
Firmado: Luís María Argaña, Justo Pucheta Ortega, José Alberto Correa, Francisco Pussineri Oddone, Alexis Frutos Vaesken.
Ante mí: Carlos D. Acuña Lugo.