POR LA CUAL SE APRUEBA EL MANUAL DE PROTOCOLO DE PROCEDIMIENTOS Y ACTUACION DE ENFERMERIA EN HEMODIALISIS; Y SE DISPONE SU IMPLEMENTACION Y APLICACION EN LOS SERVICIOS Y REDES DE ATENCION A LA SALUD, PÚBLICOS Y PRIVADOS, DE TODA LA REPUBLICA.
VigenteRESOLUCION2013MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTAR SOCIALPY/LEGI/0DEL
Enfermería -- Aprobación del Manual de Protocolo de Procedimientos y Actuación de Enfermería en Hemodiálisis; y disposición de su implementación y aplicación en los servicios y redes de atención a la salud, públicos y privados, de toda la República.
VISTA: La propuesta de Manual de Protocolo de Procedimientos y Actuación de Enfermería en Hemodiálisis, presentada por la Dirección del Instituto Nacional de Nefrología, a través de la Dirección General de Planificación y Evaluación, según nota D.G.P.E. N° 230/2013, registrada como expediente SIMESE N° 4077; y CONSIDERANDO: Que dicho documento ha sido promovido y elaborado por el Departamento de Docencia e Investigación del Instituto Nacional de Nefrología, en consenso con la Dirección de Enfermería del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, y con un Comité Interinstitucional integrado por profesionales de enfermería especializados pertenecientes a las diferentes Instituciones que cuentan con Unidades de Hemodiálisis. Que el Manual se constituirá en un instrumento estandarizado, con información práctica, detallada y científicamente sustentada del manejo de cada uno de los procedimientos de enfermería en hemodiálisis, el cual servirá para unificar los criterios de actuación en dicho campo, en todos los establecimientos de salud públicos y privados que prestan el citado servicio en el país. Que la Constitución Nacional, Articulo 68, preceptúa: "El Estado protegerá y promoverá la salud como derecho fundamental de la persona y en interés de la comunidad…". Que la Ley N° 836/80, Código Sanitario, en sus Artículos 3° y 4o, respectivamente, determina que el Ministerio es la más alta dependencia del Estado competente en materia de salud y aspectos fundamentales del bienestar social, y que la autoridad de salud será ejercida por el Ministro, con la responsabilidad y atribuciones de cumplir y hacer cumplir las disposiciones vigentes en dicho ámbito. Que en ese mismo contexto, el Decreto N° 21376/98, en el Artículo 10°, numeral I, asigna al Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, entre otras funciones en el Área de Regulación y Atención Sanitaria, la de "Definir normas generales y específicas de atención en salud que posibiliten el desarrollo de programas y servicios acorde con la eficiencia, eficacia y calidad de las prestaciones en las áreas de prevención y recuperación en salud". Que conforme a lo prescripto por la Ley N° 39/90 - Que crea el Instituto Nacional de Nefrología, en el Artículo 3°, inciso i), una de las funciones que compete a dicho Instituto es la de "establecer reglamentos para los programas y servicios de la nefrología". POR TANTO, en ejercicio de de sus atribuciones legales; EL MINISTRO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTAR SOCIAL RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1° Aprobar el Manual de Protocolo de Procedimientos y Actuación de Enfermería en Hemodiálisis; el cual forma parte, como anexo, de la presente Resolución.
Art. 2
Artículo 2°. Disponer la implementación y aplicación de dicho Manual en los servicios y redes de atención a la salud, públicos y privados, de toda la República.
Art. 3
Artículo 3°. Dejar sin efecto toda disposición ministerial anterior que se contraponga a lo establecido por esta Resolución.
Art. 4
Artículo 4°. Comunicar a quienes corresponda y cumplido, archivar.
PROF. DR. ANTONIO ARBO SOSA
MINISTRO
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