DECRETO 3711/2009 • MINISTERIO DE HACIENDA (M.H.) • 2009/12/28 • PY/LEGI/05A0
VigenteDECRETO2009MINISTERIO DE HACIENDAPY/LEGI/05A0
Establecimiento de las responsabilidades, funciones y competencias para la ejecución del proyecto denominado "Modernización de la Admi
VISTO: El Decreto Nº 630 del 24 de octubre de 2008, "Por el cual se establecen responsabilidades, funciones y competencias para la ejecución del Proyecto denominado "Modernización de la Administración Pública en Paraguay", suscrito con la Comunidad Europea el 25 de enero de 2006, aprobado por Ley Nº 3.158/2007; y CONSIDERANDO: Que el referido Decreto en su Artículo 1º, integra el Consejo Presidencial de Modernización de la Administración Pública como órgano asesor y consultor de la Presidencia de la República y establece la Unidad Técnica de Modernización de la Administración Pública como órgano ejecutor. Que dicho órgano es el encargado de la supervisión, control y seguimiento de las Políticas Públicas a ser ejecutadas por los organismos y entidades del estado en el marco de la Modernización de la Administración Pública. Que resulta necesario ampliar el alcance de las funciones y atribuciones del Consejo y de la Unidad Técnica de Modernización de la Administración Pública para el logro de su cometido instituido en el referido Decreto. POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY DECRETA:
Art. 1
Art. 1º.- Amplíase el Artículo 3º del Decreto Nº 630 del 24 de octubre de 2008 "Por el cual se establecen responsabilidades, funciones y competencias para la ejecución del Proyecto denominado "Modernización de la Administración Pública en Paraguay", suscrito con la Comunidad Europea el 25 de enero de 2006, aprobado por Ley Nº 3.158/2007", cuya redacción queda como sigue:
"Art. 3º.- El Consejo será el órgano encargado de la supervisión, control y seguimiento de las Políticas Públicas, a ser ejecutadas por los organismos y entidades del Estado en el marco de la Modernización de la Administración Pública, y deberá informar periódicamente a la Presidencia de la República, de los componentes, actividades, metas y resultados obtenidos. Asimismo, será de su competencia la programación, orientación y priorización de las políticas de modernización del Estado y del Gobierno Electrónico contemplados en el Programa de Gobierno Nacional. Las funciones y facultades asignadas por este Decreto lo ejecutará a través de la Unidad Técnica de Modernización de la Administración Pública (UTMAP), cuya dirección estará a cargo de un Coordinador Ejecutivo, nombrado por Decreto del Poder Ejecutivo.
La Unidad creada deberá llevar adelante y ejecutar, además del Proyecto de Modernización de la Administración Pública, los demás proyectos y programas relativos al desarrollo integral de modernización de la Administración Pública, de promoción del Gobierno Electrónico y Convenios que le asigne la Presidencia de la República".
Art. 2
Art. 2º.- Modifícase y amplíase el Inciso k) del Artículo 4º del Decreto N° 630/2008, cuya redacción queda como sigue:
" k) Coordinar, programar, orientar, ejecutar y priorizar las iniciativas y proyectos transversales de Modernización de la Administración Pública, Gobierno Electrónico y otros proyectos que tengan relación con el proceso de modernización y fortalecimiento de la eficacia, eficiencia y transparencia de los servicios públicos que le asigne la Presidencia de la República; y".
Art. 3
Art. 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Hacienda.
Art. 4
Art.4º.- Comuníquese, publíquese y dese al Registro Oficial.