VigenteLEY2006PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/00E0
Pensión graciable -- Concesión a la Sra. Elida Maidana Vda. de Ortiz.
Art. 1
Artículo 1°.- Concédese pensión graciable de G. 1.000.000 (guaraníes un millón) mensuales, a favor de la señora Élida Maidana Vda. de Ortiz, esposa del desaparecido compositor de nuestra música paraguaya, don Demetrio Ortiz
Art. 2
Artículo 2º.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en esta Ley, serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.
Art. 3
Artículo 3º.- La beneficiaria de esta pensión graciable no podrá acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Art. 4
Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a veintIsiete días mes de octubre del año dos mil cinco, y por la Honorable Cámara de Senadores, a treinta días del mes de marzo del año dos mil seis, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 207, numeral 1 de la Constitución Nacional.
Víctor Alcides Bogado González
Presidente
H. Cámara de Diputados
Carlos Filizzola
Presidente
H. Cámara de Senadores
Mario Alberto Coronel Paredes
Secretario Parlamentario
Cándido Vera Bejarano
Secretario Parlamentario
Asunción, 17 de abril de 2006.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
El Presidente de la República
Nicanor Duarte Frutos
Ernst Ferdinand Bergen Schmidt
Ministro de Hacienda