QUE MODIFICA LA RESOLUCIÓN CNV N° 1122/08 QUE DISPONE NORMAS RELACIONADAS A LA EMISIÓN DE BONOS BURSÁTILES DE CORTO PLAZO.
Sin vigenciaRESOLUCION2018COMISION NACIONAL DE VALORESPY/LEGI/0GJP
Bonos -- Dejar sin efecto del art. 5 y modificación de los arts. 4, 8 y 9 de la Resolución CNV N° 1122/08.
Visto: La Ley Nº 5810/17 de “Mercado de Valores”, la Resolución CNV Nº 1122/08. Considerando: Lo dispuesto en el punto 1º, Artículo 9 de la Resolución CNV Nº 1122/08 que establece: “El Plazo de colocación será de 30 días contados a partir de la fecha de la inscripción en la Bolsa. El saldo no colocado se anulará automáticamente, debiendo ser comunicada esta situación por la entidad emisora a la Bolsa”. Lo dispuesto en el punto 1º, Articulo 5 de la Resolución CNV Nº 1122/08 que establece: “El plazo mínimo de vencimiento de los bonos bursátiles de corto plazo será de 30 días y el plazo máximo de vencimiento será de 270 días”. Que a efectos de precisar el plazo para la colocación de Programas de Emisión Global de Bonos Bursátiles de Corto Plazo, estructurados para su negociación a través del Sistema Electrónico de la Bolsa de Valores, corresponde modificar el Artículo 9. Que se ha considerado ampliar el plazo máximo de vencimiento de emisiones de Bonos Bursátiles de Corto Plazo, establecido en el Artículo 5, de 270 días a 360 días, aclarando que el plazo de vencimiento se fija en función al plazo residual por los días restantes para la colocación del Programa, por lo que corresponde dejar sin efecto lo dispuesto en el Artículo 5. Lo dispuesto en el punto 1º, Artículo 4 de la Resolución CNV Nº 1122/08 que establece: “Para las emisiones en guaraníes, el valor nominal o corte de cada título será de Guaraníes un millón (G. 1.000.000) o sus múltiplos y para las emisiones en moneda extranjera, el valor nominal o corte de cada título será el equivalente a quinientos dólares de los Estados Unidos de América (U$S 500) o sus múltiplos. Lo dispuesto en el punto 1º Artículo 8 de la Resolución CNV N° 1122/08 que establece: “Los bonos bursátiles de corto plazo serán nominativos o al portador”. Que corresponde actualizar la Resolución CNV Nº 1122/08, por lo que corresponde la modificación de los artículos 4 y 8. Por tanto, el Directorio de la Comisión Nacional de Valores, en uso de sus atribuciones legales. Resuelve:
Art. 1
1º) Dejar sin efecto lo dispuesto en el punto 1º, Articulo 5 de la Resolución CNV Nº 1122/08 de fecha 10 de julio de 2008.
Art. 2
2º) Modificar lo dispuesto en el punto 1º, Artículos 4, 8 y 9 de la Resolución CNV Nº 1122/08 de fecha 10 de julio de 2008, los cuales quedan redactados de la siguiente manera:
“Artículo 4. Cortes mínimos: Para las emisiones en guaraníes, el valor nominal o corte de cada título será de Guaraníes un millón (G. 1.000.000) o sus múltiplos y para las emisiones en moneda extranjera, el valor nominal o corte de cada título será el equivalente a un mil dólares de los Estados Unidos de América (U$S 1.000) o sus múltiplos.
Artículo 8. Forma de emisión de los títulos: Los bonos bursátiles de corto plazo serán nominativos.
Artículo 9. Plazo de colocación y plazo de vencimiento. El plazo de colocación de Programas de Emisión Global de Bonos Bursátiles de Corto Plazo, será de 360 días contados a partir de la fecha del registro del Programa de Emisión Global en la Bolsa.
El plazo máximo de vencimiento de la emisión será fijado en función al plazo de colocación residual”.
Art. 3
3º) Comunicar, publicar y archivar.