POR LA CUAL SE ACTUALIZA Y AMPLIA LA TABLA DE ARANCELES POR PRESTACION DE SERVICIOS DE LA DIRECCION DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD, AFINES Y TECNOLOGIA SANITARIA, APROBADA POR RESOLUCION S.G. N° 19, DE FECHA 14 DE ENERO DE 2002.
VigenteRESOLUCION GENERAL2013MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTAR SOCIAL - SECRETARIA GENERALPY/LEGI/0DCK
Arancel profesional -- Actualización y ampliación de la Tabla de Aranceles por Prestación de Servicios de la Dirección de Establecimie
VISTA: La Nota D.E.S.T.S. N° 45/12, por medio de la cual la Dirección de Establecimientos de Salud, Afines y Tecnología Sanitaria solicita la actualización y ampliación de los aranceles de servicios prestados por dicha dependencia en cumplimiento de sus funciones, y conforme a las normativas legales y técnicas que la rigen; y CONSIDERANDO: Que el Decreto N° 21.376/98, en su Artículo 20°, numeral 5, faculta al Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social a fijar los aranceles por servicios prestados. Que la tabla de los aranceles correspondientes a los servicios prestados por la Dirección de Establecimientos de Salud, Afines y Tecnología Sanitaria debe ser actualizada periódicamente, con el fin de adecuarla a los nuevos costos y a las necesidades operativas. Que la Dirección General de Asesoría Jurídica, a través del Dictamen A.J. N° 654, de fecha 20 de marzo de 2013, ha formulado su parecer favorable a la firma de la presente Resolución. Que, en concordancia con lo preceptuado por la Constitución Nacional en su Artículo 242 - De los deberes y de las atribuciones de los ministros, el Decreto N° 21376/78, Artículos 19°, y 20° numeral 6, establece que al Ministro de Salud Pública y bienestar Social compete ejercer la administración general de la institución; en tanto que el numeral 7 del Artículo 20° del mismo Decreto asigna al Ministro, como una de sus funciones específicas, la de dictar Resoluciones que regulen la actividad de los diversos programas, dependencias y servicios. POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones legales; EL MINISTRO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTAR SOCIAL RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1°.- Aprobar las actualizaciones y ampliaciones que figuran en la Tabla de Aranceles por Prestación de Servicios de la Dirección de Establecimientos de Salud, Afines y Tecnología Sanitaria, dependiente de la Dirección General de Vigilancia de la Salud del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social; las cuales forman parte, como anexo de la presente Resolución.
Art. 2
Artículo 2°.- Disponer la puesta en vigencia de las actualizaciones y ampliaciones de la Tabla de Aranceles, aprobadas en el Artículo precedente, a los 30 (treinta) días de la firma de la presente Resolución.
Art. 3
Artículo 3°.- Establecer que las exoneraciones de dichos aranceles serán dispuestas por el gabinete, conforme a la legislación vigente.
Art. 4
Artículo 4°.- Dejar sin efecto las Resoluciones anteriores que se contrapongan a lo dispuesto por ésta.
Art. 5
Artículo 5°.- Comunicar a quienes corresponda y cumplido, archivar.
PROF. DR. ANTONIO ARBO SOSA
MINISTRO
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