RESOLUCION 636/2000 • MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA (M.A.G.) • 2000/08/03 • PY/LEGI/03EM
VigenteRESOLUCION2000MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIAPY/LEGI/03EM
Registro nacional de cultivares comerciales de variedades de algodón, arroz y trigo - Disposición de inscripción.
VISTA: La presentación realizada por la Dirección de Semillas (DISE), en la cual solicita se disponga la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares Comerciales (RNCC), de las variedades de Algodón (Gossypium spp.), Arroz (Oriza sativa) y Trigo (Triticum aestivun), (RO 1000005733), y CONSIDERANDO: Que el Comité Técnico Calificador de Cultivares (CTCC), según dictámenes Nos. 1/00 CC y 2/00 CC, de fecha 17.03.00, se expidió a favor de la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares Comerciales (RNCC), de las Variedades de Algodón (Gossypium spp.), Arroz (Oriza sativa) y Trigo (Triticum aestivun). Que el Art. 19 de la Ley Nº 385/94 "De Semillas y Protección de Cultivares", entre otros expresa: "Previo dictamen del Comité Técnico Calificador de Cultivares, a propuesta de la Dirección de Semillas (DISE), el MAG, dispondrá la inscripción de oficio de cultivares que cumplan con los requisitos de los Arts. 11 y 12 de la citada disposición, cuya comercialización sea de interés público. Que la inscripción de un cultivar en el Registro Nacional de Cultivares Comerciales (RNCC), es a solo efecto de su producción y/o comercialización dentro del territorio nacional, no dando ningún otro derecho al que lo inscriba, art. 4, Decreto Nº 7797/00. Que la Asesoría Jurídica del MAG, según dictamen Nº 489/2000, se expidió favorablemente. EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA RESUELVE:
Art. 1
Art. 1º.- Dispóngase la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares Comerciales (RNCC), de las siguientes Variedades de Algodón (Gossypium spp.), Arroz (Oriza sativa) y Trigo (Triticum aestivun):
[imagen]
Art. 2
Art. 2º.- Comuníquese a quienes corresponda y cumplida archívese.
Carmelo Peralta