POR EL CUAL SE AUTORIZA A LA EMPRESA P&O MARITIME HOLDING PARAGUAY S.A., LA INCORPORACION EN FORMA DEFINITIVA A LA MATRICULA NACIONAL Y USO DEL PABELLON PARAGUAYO, DE VARIAS EMBARCACIONES.
Sin vigenciaDECRETO2013MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONESPY/LEGI/0DD3
Autorización administrativa -- Autorización a la empresa P&O Maritime Holding Paraguay S.A., la incorporación en forma definitiva
VISTO: La presentación radicada en el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones por el Director de la Dirección de Marina Mercante, en la que eleva la presentación de la empresa P&O MARITIME HOLDING PARAGUAY S.A., solicitando la incorporación en forma definitiva a la Matrícula Nacional y Uso del Pabellón Paraguayo, de un (1) Remolcador de Empuje y doce (12) Barcazas graneleras; y CONSIDERANDO: Que el pedido se ajusta a las disposiciones establecidas en el Decreto Nº 5.399/05 "Por el cual se establecen los requisitos y procedimientos para la inscripción, matriculación y abanderamiento de Buques y Artefactos Navales". Que el Departamento Jurídico de la Dirección de Marina Mercante en su Dictamen Nº 923/2012, expresa su parecer favorable a lo solicitado y sugiere se proceda a la tramitación para la promulgación del Decreto correspondiente. Que conforme al parecer favorable de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la mencionada Secretaría de Estado según el Dictamen DAJ Nº 3109/2012, POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY DECRETA:
Art. 1
Art. 1º.- Autorízase a la Empresa P&O MARITIME HOLDING PARAGUAY S.A., la incorporación en forma definitiva a la Matrícula Nacional y Uso del Pabellón Paraguayo, de un (1) Remolcador de Empuje y doce (12) Barcazas graneleras, cuyas características técnicas se detallan a continuación:
R/E P&O MBURUCUYÁ BZA. TOLVA "POMP-001"
Eslora : 45,00 m Eslora : 61,00 m
Manga : 16,00 m Manga : 16,60 m
Puntal : 3,50 m Puntal : 3,66 m
TAB : 1052,00 ton. TAB : 1469,00 ton.
TAN : 315,00 ton. TAN : 1069,00 ton.
BZA. TOLVA "POMP-002" BZA. TOLVA "POMP-003"
Eslora : 61,00 m Eslora : 61,00 m
Manga : 16,60 m Manga : 16,60 m
Puntal : 3,66 m Puntal : 3,66 m
TAB : 1444,00 ton. TAB : 1469,00 ton.
TAN : 1061,00 ton. TAN : 1069,00 ton.
BZA. TOLVA "POMP-004" BZA. TOLVA "POMP-005"
Eslora : 61,00 m Eslora : 61,00 m
Manga : 16,60 m Manga : 16,60 m
Puntal : 3,66 m Puntal : 3,66 m
TAB : 1444,00 ton. TAB : 1469,00 ton.
TAN : 1061,00 ton. TAN : 1069,00 ton.
BZA. TOLVA "POMP-006" BZA. TOLVA "POMP-007"
Eslora : 61,00 m Eslora : 61,00 m
Manga : 16,60 m Manga : 16,60 m
Puntal : 3,66 m Puntal : 3,66 m
TAB : 1444,00 ton. TAB : 1469,00 ton.
TAN : 1061,00 ton. TAN : 1069,00 ton.
BZA. TOLVA "POMP-008" BZA. TOLVA "POMP-009"
Eslora : 61,00 m Eslora : 61,00 m
Manga : 16,60 m Manga : 16,60 m
Puntal : 3,66 m Puntal : 3,66 m
Art. 2
Art. 2°.- La Dirección de Marina Mercante, de conformidad al Artículo 4°, Inciso a) de la Ley N° 429/1957, inscribirá en el Registro correspondiente, a las embarcaciones citadas en el artículo anterior, y anotará en su margen el otorgamiento de las Matrículas respectivas.
Art. 3
Art. 3°.- El Armador de las embarcaciones citadas en el Artículo 1° del presente Decreto, deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 5° del Decreto N° 27.371/1981, que reglamenta la Ley de Reserva de Cargas.
Art. 4
Art. 4°.- La Prefectura General Naval otorgará a la firma solicitante, la Matrícula para las embarcaciones incorporadas a la bandera paraguaya, así como los Certificados de su competencia, requeridos a embarcaciones del pabellón paraguayo.
Art. 5
Art. 5°.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Obras Públicas y Comunicaciones.
Art. 6
Art. 6°.- Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
TAB : 1444,00 ton. TAB : 1469,00 ton.
TAN : 1061,00 ton. TAN : 1069,00 ton.
BZA. TOLVA "POMP-010" BZA. TOLVA "POMP-011"
Eslora : 61,00 m Eslora : 61,00 m
Manga : 16,60 m Manga : 16,60 m
Puntal : 3,66 m Puntal : 3,66 m
TAB : 1444,00 ton. TAB : 1469,00 ton.
TAN : 1061,00 ton. TAN : 1069,00 ton.
BZA. TOLVA "POMP-012"
Eslora : 61,00 m
Manga : 16,60 m
Puntal : 3,66 m
TAB : 1444,00 ton.
TAN : 1061,00 ton.