POR EL CUAL SE DECLARA ASUETO EL DIA MIERCOLES 1 DE ABRIL DE 2015, A PARTIR DE LAS 12:00 HORAS, PARA LOS FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA Y ENTIDADES DESCENTRALIZADAS
VigenteDECRETO2015MINISTERIO DEL INTERIORPY/LEGI/0EKB
Asueto -- Declaración de asueto el día miércoles 1 de abril de 2015, a partir de las 12:00 horas, para los funcionarios de la administ
VISTO: La celebración religiosa de la Semana Santa; y CONSIDERANDO: Que la mayoría del Pueblo Paraguayo conmemora con gran devoción la más antigua de las manifestaciones de religiosidad cristiana, la Semana Santa, donde se recuerda la Pasión, Muerte y Resurrección de Jesucristo. Que el Artículo 238, Numeral 1) de la Constitución, faculta a quien ejerce la Presidencia de la República, a dirigir la Administración General del País. POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY DECRETA:
Art. 1
Art. 1°.- Declárase asueto para los funcionarios de la Administración Pública y Entidades Descentralizadas, el día miércoles 1 de abril de 2015, a partir de las 12:00 horas.
Art. 2
Art. 2°.- Excluyese del asueto declarado en el Artículo 1° de este Decreto a los funcionarios y empleados públicos quienes prestan servicios médicos de urgencia y en horarios especiales, y a los funcionarios afectados a los servicios públicos imprescindibles para la comunidad.
Art. 3
Art. 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro del Interior.
Art. 4
Art. 4°.- Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.