QUE DEROGA LA LEY Nº 1.292 DEL 18 DE DICIEMBRE DE 1987, QUE CREA LA DIRECCION DE EXPLOTACION GEOMINERALOGICA "CHOFERES DEL CHACO"
VigenteLEY1997PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/07OF
Dirección de Explotación Geomineralógica "Choferes del Chaco" -- Eliminación -- Transferencia de su patrimonio y personal al Ministeri
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Art. 1
Artículo 1º. - Derógase la Ley Nº 1.292 del 18 de diciembre de 1987, QUE CREA LA DIRECCION DE EXPLOTACION GEOMINERALOGICA "CHOFERES DEL CHACO".
Art. 2
Art. 2º.- El patrimonio de la DEGCHACO será transferido en su totalidad a la Dirección de Recursos Minerales del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones.
Art. 3
Art. 3º.- Los funcionarios que actualmente prestan servicios en la DEGCHACO serán incorporados al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones.
Art. 4
Art. 4º.- El Poder Ejecutivo dispondrá lo necesario para el cumplimiento de la presente ley.
Art. 5
Art. 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Diputados, a dieciocho días del mes de diciembre del año un mil novecientos noventa y seis, y por la Honorable Cámara de Senadores, sancionándose la Ley, a veintidós días del mes de mayo del año un mil novecientos noventa y siete.
Atilio Martínez Casado.- Diego Abente Brun.- Francisco Díaz Calderara.- Nilda Estigarribia.
Asunción, 9 de junio de 1997.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
Juan Carlos Wasmosy.- Hugo Estigarribia Elizeche.- Gustavo Adolfo Pedrozo.