POR LA CUAL SE APRUEBA EL CONTENIDO ESTÁNDAR PARA LA ADQUISICIÓN DE INMUEBLES PARA LA CONTRATACIÓN POR VÍA DE LA EXCEPCIÓN, A SER UTILIZADOS POR LOS ORGANISMOS Y ENTIDADES DEL ESTADO, SOCIEDADES ANÓNIMAS CON PARTICIPACIÓN MAYORITARIA DEL ESTADO Y MUNICIPALIDADES, EN EL MARCO DE APLICACIÓN DE LA LEY N° 7021/22 “DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS”.
VigenteRESOLUCION2024DIRECCION NACIONAL DE CONTRATACIONES PUBLICASPY/LEGI/WSGAU9
Contrataciones del Estado -- Contenido estándar para la adquisición de inmuebles para la contratación por vía de excepción.
Visto: Los artículos N° 45, 110 y 112 de la Ley N° 7021/22 “De Suministro y Contrataciones Públicas” y; Considerando: Que, de conformidad al art. 110 de la Ley N° 7021/2022 “De Suministro y Contrataciones Públicas”, la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas es el ente normativo, técnico, de control, gestión y verificación de las contrataciones públicas, en la forma y con el alcance determinado por la presente ley. Que, la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas es un ente autónomo y autárquico, con personería jurídica de derecho público y relacionada con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Economía y Finanzas. Que, el art. 112 de la Ley N° 7021/2022 establece entre las funciones y atribuciones de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas inciso: a) Emitir reglamentos técnicos que sobre la contratación pública deban observar los organismos, las entidades y las municipalidades conforme a las políticas emitidas en el marco del Sistema Nacional de Suministro Público, i) Elaborar y difundir manuales, guías, materiales y documentos estándar de uso obligatorio para los sujetos intervinientes en los procedimientos enmarcados en la presente Ley, q) Implementar el uso de la firma electrónica o digital, en base a la reglamentación vigente, así como establecer las políticas generales de gobierno electrónico en el ámbito de las contrataciones públicas y dictar los lineamientos técnicos y administrativos para el uso de los medios remotos de comunicación electrónica. Que, el art. 45 de la misma Ley establece: Las convocantes elaborarán los pliegos de bases y condiciones de los procedimientos de contratación de conformidad con las disposiciones establecidas en los reglamentos y de conformidad a los documentos estándar elaborados por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas. La promulgación del Decreto del Poder Ejecutivo N° 16 de fecha 15 de agosto de 2023, por el cual ha sido nombrado Director Nacional de Contrataciones Públicas, al Abg. Juan Agustín María Encina Pérez. Por tanto, en ejercicio de sus atribuciones legales, EL DIRECTOR NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS. Resuelve:
Art. 1
Artículo 1°. Aprobar el Contenido Estándar para la Adquisición de Inmuebles para la contratación por Vía de la Excepción a ser utilizados por los Organismos y Entidades del Estado, Sociedades Anónimas con Participación Mayoritaria del Estado y Municipalidades, en el marco de la aplicación de la Ley N° 7021/22 “De Suministro y Contrataciones Públicas”.
Art. 2
Art. 2°: Disponer la publicación del documento aprobado por la presente resolución, en el Sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP), en el apartado Marco Legal - Documento Estándar.
Art. 3
Art. 3°: Disponer el uso obligatorio del documento aprobado por la presente resolución, para los Organismos de la Administración Central del Estado , Entidades Descentralizadas, Sociedades Anónimas en las que el Estado sea socio mayoritario y Municipalidades indicados en el artículo 2° de la Ley N° 7021/22.
Art. 4
Art. 4°: Vigencia. La presente reglamentación entrará en vigencia desde su publicación.
Art. 5
Art. 5°: Comunicar a quienes corresponda, publíquese y archívese.