RESOLUCION 235/2008 • MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA (M.E.C.) • 2008/10/08 • PY/LEGI/09EX
VigenteRESOLUCION2008MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURAPY/LEGI/09EX
Aprobación de la estructura orgánica del Viceministerio de la Juventud.
Vista: La Nota VMJ Nº 101 de fecha 22 de septiembre de 2008, presentada por la Señora Karina Rodríguez, Viceministra de la Juventud, en la que solicita la aprobación de la estructura orgánica de la citada dependencia ministerial; Considerando: El Decreto Nº 50 del 18 de agosto de 2008 "Por el cual se aprueba la estructura orgánica del Ministerio Educación y Cultura"; Que el mencionado Decreto en su Artículo Nº 10º dice: Facúltase al Ministerio de Educación y Cultura a organizar por medio de resoluciones las Direcciones, los Departamentos, las Unidades o las Secciones que integran las Direcciones Generales dependientes del Despacho del Ministro y de los Viceministros; Que el Artículo 18 de la Ley Nº 1264/98 "General de Educación" dice "Las funciones del Estado, en el ámbito de la educación, se ejercen por medio del Ministerio de Educación y Cultura"; Que el Artículo 91 de la Ley Nº 1264/98 "General de Educación" establece que "La autoridad superior del ramo es el Ministro responsable de la organización y funcionamiento del Ministerio de Educación y Cultura..."; Por tanto, y en uso de sus atribuciones; El Ministro de Educación y Cultura Resuelve:
Art. 1
1º.- Aprobar la estructura orgánica del Viceministerio de la Juventud de la siguiente manera:
1. Secretaría
1.1. Secretaría de Viceministerio
2. Dirección de Derechos Juveniles
2.1.- Departamento de Programa para la Salud de Todos.
2.2.- Departamento de Programa Educación sin Fronteras.
2.3.- Departamento de Programa Cultura.
2.4.- Departamento de Programa sin más Discriminación.
2.5.- Departamento de Programa de Documentación e Investigación.
3. Dirección de Participación.
3.1.- Departamento de Programa de Voluntariado Joven.
3.2.- Departamento de Programa de Acción Estudiantil.
3.3.- Departamento de Programa de Asociación Juvenil.
Art. 2
2º.- Facultar al Viceministerio de la Juventud a reorganizar las unidades, divisiones y secciones, conforme a las necesidades, Resolución mediante.
Art. 3
3º.- Comunicar y archivar.