VigenteRESOLUCION2016BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY - SUPERINTENDENCIA DE BANCOSPY/LEGI/0FGQ
Actividad financiera -- Dejar sin efecto Anexo I de la Resolución SB. SG. 111/2016 (BCP).
VISTO: El artículo 34 de la Ley N° 489/95 “Orgánica del Banco Central del Paraguay”; los artículos 17, 34, 35 y 37 de la Ley N° 861/96 “General de Bancos, Financieras y Otras Entidades de Crédito”; la Resolución N° 2 Acta N° 71 de fecha 01.10.2015 del Directorio del Banco Central del Paraguay; la Resolución N° 345/2015 de fecha 07.09.2015 de la SEPRELAD; la Circular SB. SG. Nº 00218/2016 de fecha 05.07.2016, la Resolución SB. SG. Nº 00111/2016 de fecha 27.07.2016, ambas de la Superintendencia de Bancos; el Memorando SB. GSIS. IRLDFT. S1 N° 0057/2016 de fecha 29.07.2016 de la Intendencia de Riesgo de Lavado de Dinero y Financiamiento del Terrorismo – Gerencia de Supervisión In Situ; CONSIDERANDO: Que, por Circular SB. SG. Nº 00218/2016 de fecha 05.07.2016, la Superintendencia de Bancos ya comunicó la implementación del procedimiento de recepción de información sobre sociedades registradas como clientes de las entidades supervisadas, así como la exigencia de remisión del ARCHIVO DE SOCIEDADES, conforme al formato e instructivo de remisión establecidos en el Anexo de la citada Circular. Por tanto, en uso de sus atribuciones, EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS RESUELVE:
Art. 1
1º) Dejar sin efecto el Anexo I de la Resolución SB. SG. Nº 00111/2016 de fecha 27.07.2016 de la Superintendencia de Bancos.
Art. 2
2º) Mantener vigentes los demás términos de la Resolución SB. SG. Nº 00111/2016 de fecha 27.07.2016 de la Superintendencia de Bancos.
Art. 3
3º) Comunicar a quienes corresponda y archivar.
HERNAN M. COLMAN ROJAS SUPERINTENDENTE DE BANCOS
EXP-0000-2016-010675.-