POR LA CUAL SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS TECNICOS Y ADMINISTRATIVOS PARA LA IMPLEMENTACION DEL PROGRAMA DE ALIMENTACION ESCOLAR, EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE GESTION OFICIAL Y PRIVADA SUBVENCIONADA, DEPENDIENTES DE ESTE MINISTERIO
VigenteRESOLUCION2015MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURAPY/LEGI/0F0F
Alimentación -- Aprobación de los lineamientos técnicos y administrativos para la implementación del programa de alimentación escolar,
VISTO: El Memorándum N° 1027 de fecha 17 de junio de 2015, presentado por la señora Myrian Mello, Viceministra de Educación para la Gestión Educativa de esta Secretaria de Estado, y; CONSIDERANDO: Que, a través del mismo remite el proyecto de Resolución "Por la cual se aprueba los Lineamientos Técnicos y Administrativos para la implementación del Programa de Alimentación Escolar, en instituciones educativas; dependientes del Ministerio de Educación y Cultura"; Que, con la promulgación de la Ley N° 5210/2014 "De la Alimentación Escolar y Control Sanitaria" y su Decreto reglamentario N° 2366/2014, se inicia una etapa de instalación procesual del Programa de Alimentación Escolar a nivel nacional; para ello el Ministerio de Educación y Cultura, dentro de su estructura orgánica en el nivel central, constituirá una dependencia de Alimentación Escolar, la que será responsable de la gestión del Programa; Que, la Ley N° 5210/2014 "De Alimentación Escolar y Control Sanitaria", en su Artículo 6° establece: "...Los Gobiernos departamentales deberán regirse por las directrices emanadas del Ministerio de Educación y Cultura. En caso de incumplimiento de las directrices establecidas, el Ministerio de Hacienda no desembolsará las partidas presupuestarias para financiar el programa previsto en la presente Ley"; Que, el Decreto N° 2366 de fecha 7 de octubre de 2014 "Por el cual se reglamenta la Ley N° 5210/14, de Alimentación Escolar y Control Sanitaria", en su Artículo 14 dispone: "El Ministerio de Educación y Cultura elaborará el Programa de Alimentación Escolar del Paraguay que se implementará en coordinación con las instituciones públicas con responsabilidades del área, y aquellas privadas convocadas para el efecto", asimismo, su Articulo 17reza: "El Ministerio de Educación y Cultura establecerá las directrices por las que deberán regirse los Gobiernos Departamentales para la ejecución del Programa; así como los mecanismos administrativos de cumplimiento de los mismos"; Que, el Articulo 18 de la Ley N° 1264/98 "General de Educación", dispone: "...Las funciones del Estado, en el ámbito de la educación, se ejercen por media del Ministerio de Educación y Cultura ...",concordante con su Artículo 91 que establece: "...La autoridad superior del ramo es el Ministro responsable de la organización y funcionamiento del Ministerio de Educación y Cultura ...". Por tanto, en ejercicio de sus atribuciones legales, LA MINISTRA DE EDUCACION Y CULTURA RESUELVE:
Art. 1
1°.- APROBAR los lineamientos técnicos y administrativos para la implementación del Programa de Alimentación Escolar, en instituciones educativas de Gestión Oficial y Privada Subvencionada, dependientes de este Ministerio; conforme a los Anexos que forman parte de !a presente Resolución.
Art. 2
2°.- ENCOMENDAR a todos los estamentos educativos del Ministerio de Educación y Cultura, la aplicación de los mecanismos necesarios para apoyar y garantizar el cumplimiento de la presente disposición.
Art. 3
3°.- DEJAR sin efecto todas las disposiciones anteriores y contrarias a la presente Resolución.
Art. 4
4°.- COMUNICAR y archivar.
Marta Lafuente
MINISTRA
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