POR LA CUAL SE DISPONE LA EXCLUSIÓN DEFINITIVA DEL REGISTRO DE SUJETOS OBLIGADOS DE LA SEPRELAD, A LAS EPRSONAS FÍSICAS Y JURÍDICAS QUE COMUNICARON EL CESE DE LAS OPERACIONES AFECTADAS POR LA RESOLUCIÓN SEPRELAD N° 085/2015.
VigenteRESOLUCION2018SECRETARIA DE PREVENCION DE LAVADO DE DINERO O BIENESPY/LEGI/0GAV
Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes -- Exclusión definitiva del Registro de Sujetos Obligados de la SEPRELAD de las
Visto: El Artículo 28, numeral 8 de la Ley N° 1015/1997 y su modificatoria la Ley N° 3783/2009; que dispone la reglamentación, supervisión y sanción de los sujetos obligados, que no cuentan con entidades reguladoras o supervisores naturales; y, Los resultados de la inspección extra-situ realizada por la Dirección General de Normas y Supervisión, a los Sujetos Obligados del Sector dedicado a la importación, compra, venta y consignación de vehículos automotores para la compraventa; comunicados mediante Informe de Inspección DGNS Extra Situ N° 001/2018. Considerando: Que, la Ley N° 1015/1997 y su modificatoria la Ley N° 3783/2009, establece entre las funciones y atribuciones de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes, disponer la reglamentación, supervisión y sanción de los sujetos obligados establecidos en el Artículo 13 de esta Ley, que no cuenten con entidades reguladoras o supervisores naturales; Que, por Resolución SEPRELAD N° 085 del año 2015, fueron determinados como sujetos obligados de la Ley N° 1015/1997 y su modificatoria la Ley N° 3783/2009, a las personas físicas o jurídicas que se dedican comercialmente a la importación, compra, venta y consignación de vehículos automotores para la compraventa; Que, según Informe de Inspección DGNS Extra Situ N° 001/2018, “(...) un total de 13 S.O., han solicitado la baja del registro de la SEPRELAD, por el hecho de que han dejado de operar en la compra-venta de vehículos automotores”; Que, corresponde al Ministro - Secretario Ejecutivo de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes, ejercer la potestad de dirigir las actividades de la Institución, a través de las disposiciones internas que regulen aspectos vinculados con la función de ésta Secretaría de Estado; y, Que, por Resolución N° 1185/2018 de la Presidencia de la República, fue designada la señora Raquel Cuevas Arzamendia como Encargada de Despacho de la Secretaría Ejecutiva de la SEPRELAD, mientras dure la ausencia del titular. Por tanto: En uso de sus atribuciones, LA ENCARGADA DE DESPACHO DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DE LA SECRETARÍA DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO O BIENES; Resuelve:
Art. 1
Artículo 1º.- Disponer, la exclusión definitiva del REGISTRO DE SUJETOS OBLIGADOS DE LA SEPRELAD, a las personas físicas y jurídicas detalladas en el Anexo A que forman parte integrante de la presente Resolución; por haber comunicado el cese de la operaciones afectadas por la Resolución SEPRELAD N° 085/2015.
Art. 2
Art. 2º.- Ordenar, la publicación en la página web de la SEPRELAD, de la nómina de sujetos obligados, cuyo Registro de Inscripción fue excluido de manera definitiva; y, además comunicar a los sectores de: Bancos, Financieras, Casas de Cambio, Casas de Bolsas de Valores, Compañías de Seguros y Cooperativas; para que tengan en cuenta dicha situación dentro de sus políticas, de debida diligencia del cliente.
Art. 3
Art. 3º.- Comunicar, a quienes corresponde y cumplido, archivar.
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