ORDENANZA 137/2007 • JUNTA MUNICIPAL - MUNICIPALIDAD DE ASUNCION (J.M.) • 2007/12/28 • PY/LEGI/05ZC
VigenteORDENANZA2007JUNTA MUNICIPAL - MUNICIPALIDAD DE ASUNCIONPY/LEGI/05ZC
Municipalidad - Tributos municipales para el año 2008 - Modificaciones de tasas, aranceles y otros ingresos de la ordenanza 331/06
VISTO: El Dictamen "A" de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, con relación al Mensaje Nº 721/07 S.G., a través del cual la Intendencia Municipal remite para su estudio y consideración el Proyecto de Ordenanza de Tributos Municipales para el año 2008; y, CONSIDERANDO: Que, la metodología para el estudio del Proyecto adjunto, cuya principal fuente es la Ordenanza JM/Nº 331/06, ha sido la de realizar consultas a todas las dependencias municipales que administran, recaudan o se encuentran involucradas con alguno o todos los tributos y otros recursos e ingresos de la institución. Que, las consultas efectuadas en cada caso han merecido numerosas propuestas, formuladas tanto por las diversas Direcciones y Unidades Institucionales, como por los funcionarios municipales involucrados en la recaudación. También han sido tenidas en cuenta innumerables sugerencias realizadas por los mismos contribuyentes, cuyas peticiones y planteamientos motivan a que la administración tributaria municipal, analice constantemente y modifique, en muchos casos, las distintas reglamentaciones existentes con respecto a la gestión de la recaudación de los recursos comunales; todo ello al efecto de una correcta interpretación y mejor aplicación de sus disposiciones jurídicas. Metodología de trabajo: Que, para facilitar la identificación y revisión de las modificaciones introducidas en el proyecto, las mismas han sido resaltadas por el Ejecutivo Municipal con letras y/o dígitos de color azul, para las adiciones, y rojo, para las supresiones. Que, en efecto, las consideraciones expuestas en color azul, constituyen los cambios, adiciones o modificaciones introducidos por el Ejecutivo Municipal, como así también los importes que deberían regir para el año 2008, conforme a las propuestas recibidas de cada una de las reparticiones municipales encargadas de prestar los servicios relativos a las tasas y las demás, cuyo funcionamiento es relativo a los demás créditos (impuestos, aranceles, cánones, etc.). Que, asimismo, se pone a conocimiento que las reglamentaciones, disposiciones y demás montos existentes en el actual ordenamiento tributario vigente y que a criterio y juicio del Ejecutivo Municipal, deberían ser eliminadas para el ejercicio fiscal 2008, se encuentran resaltadas en letras de color rojo. Que, por otra parte, el Proyecto mantiene la conversión en "Jornales mínimos establecidos para actividades diversas no especificadas" de todos los valores expresados en cifras absolutas correspondientes a la mayor cantidad de las tasas, contribuciones, cánones, tarifas, aranceles, ventas de servicios varios y otros, reguladas en el proyecto, tal como ya ha sido adoptado en el texto de las anteriores ordenanzas tributarias. Que, la metodología general utilizada en el presente estudio es participativa, pues han sido tenidas en cuenta las propuestas elevadas desde las diversas áreas municipales involucradas, las cuales han sido analizadas en cuanto a su coherencia con los lineamientos y directrices, arrojando como resultado su inclusión o exclusión efectiva. Que, en efecto, excepto algunos casos, donde se solicitaron incrementos debido al aumento en los costos, para el ejercicio 2008 se proponen que los aranceles, cánones, reintegros y otros recursos varios se mantengan en las mismas equivalencias al jornal mínimo que rigen actualmente. Igualmente se han establecido algunas disminuciones en algunos ítems, a propuestas de las respectivas áreas. Para mayor aclaración se adjunta el cuadro de "distribución de tasas, aranceles y otros ingresos, conforme a su variación para el año 2008, con respecto al año 2007", elaborado por la Intendencia Municipal.
Que, cabe señalar que se han incluido algunas innovaciones en lo que respecta a los "servicios arancelarios de la Institución", que fueron propuestos por las diversas áreas. La introducción de dichos ítems fue objeto de análisis por parte del Ejecutivo Municipal (antes de su inclusión) en lo que respecta a su viabilidad jurídica. Que, se aclara que los impuestos, las tasas por recolección de residuos, limpieza en la vía pública, disposición de residuos, conservación de parques y la contribución por conservación de pavimentos, se presentan sin variaciones, es decir 0%, con respecto a los valores vigentes en el año 2.007. Estos ingresos son los de mayor incidencia sobre los contribuyentes al revestir un alcance general y obligatorio. PRINCIPALES MODIFICACIONES: Que, a continuación se presenta una breve y puntual reseña acerca de algunas de las principales modificaciones introducidas en el proyecto, en relación a la Ordenanza Tributaria N° 331/06, y las sugerencias a ser implementadas para algunos de los tributos e ingresos que componen la ordenanza tributaria para el año 2008. Que, en ese orden, las tasas, aranceles y otros ingresos no han variado, a excepción de algunos rubros, en función de sus costos de prestación. En este grupo se concentran un total de 1.305 tributos y otros recursos, de los cuales prácticamente la totalidad de los mismos (1.060), se presentan sin variaciones (0%), es decir que repetirán los mismos valores consignados para el presente ejercicio fiscal. Por otra parte, 20 recursos presentan reducciones y 225 registrarán variaciones mayores al 0%, justificadas en todos los casos en función a los citados estudios de costos y nuevos parámetros de liquidación propuestos. Que, al interior de este grupo de tasas, aranceles y otros ingresos se presentan las siguientes variaciones, según su composición: 1) DE LAS OTRAS TASAS: Consisten en 147 tasas percibidas en la Administración Central, de las cuales 140 no registran variación (0%) y 6 presentan variaciones menores al 0% y solo 1 tiene variación entre el 11 y 15%. 2) VENTA DE SERVICIOS VARIOS: Con un total de 56 servicios, 54 ítems presentan variación (0%) y 2 entre el 1 y 10% para el ejercicio fiscal 2008. 3) ARANCELES Y OTROS RECURSOS: Integran 577 recursos, de los cuales 453, se muestran sin variaciones, 6 recursos registrarán reducciones, 27 aumentarán entre el 1 y 10%, 77 entre 11 y 15%, y 14 recursos registrarían aumentos entre el 16 y 50%. 4) CANONES, REITEGROS Y OTROS INGRESOS: Con un total de 525 ingresos, casi la mayoría de ellos (413) no presentan variaciones; 8 presentan una reducción menor al 0%; 23 aumentarían entre el 1 y 10%; y 77 recursos variarían entre 11 y 15%. Igualmente, 3 aumentan entre el 31 y 50%, solo uno se muestra con una variación mayor al 50%. COMENTARIOS FINALES: Que, tales son las principales modificaciones introducidas al "Proyecto de Ordenanza General de Tributos Municipales para el año 2008", de acuerdo con las sugerencias y pedidos que fueron formulados por las diversas dependencias municipales afectadas, así como en cumplimiento de las peticiones y directivas recibidas del Ejecutivo Municipal y del Equipo Coordinador del Proyecto de la Ordenanza Tributaria. Que, debemos señalar que también existen modificaciones insertas en el proyecto que no fueron aludidas en el presente considerando. No obstante, dichas variaciones pueden ser perfectamente identificadas dentro del texto del Proyecto de Ordenanza adjunto en razón de que las mismas se encuentran resaltadas con letras y/o dígitos de color azul (las incorporaciones o inclusiones) y rojo (las supresiones o eliminaciones). CONCLUSIONES DE LA COMISION DE HACIENDA Y PRESUPUESTO: Que, el Proyecto en términos generales, mantiene los mismos valores definidos en la Ordenanza General de Tributos N° 331/06 vigente, para los distintos recursos municipales.
Que, es importante enfatizar que en la proyección de todos los ajustes propuestos en el documento - tanto los relacionados a las tasas de recolección, limpieza de la vía pública, como a los demás recursos institucionales, fueron considerados los costos de los servicios correspondientes a los rubros variados, concernientes a los materiales e insumos utilizados para el efecto. Que, en ese contexto, la Comisión Asesora recomienda APROBAR el Proyecto de ORDENANZA GENERAL DE TRIBUTOS MUNICIPALES PARA EL AÑO 2008, remitido por la Intendencia Municipal a través del Mensaje Nº 721/07 S.G., de fecha 31 de agosto de 2007, con modificaciones. Por tanto; LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ASUNCIÓN, REUNIDA EN CONCEJO ORDENA:
Art. 1
Articulo 1°: APROBAR el Proyecto de ORDENANZA GENERAL DE TRIBUTOS MUNICIPALES PARA EL AÑO 2.008, remitido por la Intendencia Municipal a través del Mensaje Nº 721/07 S.G., de fecha 31 de agosto de 2007, con las siguientes modificaciones:
1.1) Artículo 13° DEL IMPUESTO A LAS OPERACIONES DE CREDITOS: Art. 13.1.2, segundo párrafo, donde dice: "Gs. 15.000", sustituir por "1/2 Jornal".
1.2) Artículo 21° TASA POR RECOLECCION DE RESIDUOS, Y TASA POR DISPOSICIÓN Y TRATAMIENTO FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS: Art. 21.4.1; remplazar el porcentaje de 30 % de reducción por el de 50 %, y agregar en la parte final el siguiente texto: "toda vez que el inmueble se encuentre en un radio de 200 m. de la ubicación del contenedor y que el servicio se preste efectivamente y en forma periódica". Esta tasa será facturada como un servicio especial.
1.3) Artículo 22° DE LA TASA POR LIMPIEZA DE LA VÍA PÚBLICA: Art. 22.5; la nota deberá quedar redactada de la siguiente forma: "Exceptúase el pago de la tasa de conservación de parques, jardines y paseos públicos, a las siguientes cuentas corrientes catastrales; a) los inmuebles ubicados en barrios que no posean plazas; b) los lotes de sepulturas y panteones de cementerios; y c) las subcuentas corrientes catastrales correspondientes a bauleras y cocheras de edificios.
1.4) Artículo 22° DE LA TASA POR LIMPIEZA DE LA VÍA PÚBLICA: Incluir como Art. 22.6 el siguiente texto: "La Intendencia Municipal habilitará una cuenta especial para el depósito de lo recaudado en concepto de Conservación de Parques, Jardines y Paseos Públicos, debiendo ser utilizado exclusivamente para dicho fin, conforme al ingreso mensual.
1.5) Disponer que los montos percibidos en concepto de tasas de los distintos servicios municipales prestados, sean depositados en cuentas especiales, a fin de que dichos montos sean utilizados exclusivamente para la prestación de dichos servicios.
1.6) Modificar el Art. 33.6 "CENTRO PARAGUAYO JAPONÉS", en el Ítem 33.6.4.1 "Arrendamiento de Local para eventos": Utilización gratuita de locales para Eventos (Pág. 144): En los Puntos 2, 4, 5 y 6, como asimismo, en el Ítem 33.6.4.2 "Capacitación de Recursos Humanos", en la Reglamentación General (Pág. 147): En los Puntos 18 y 19; a los efectos de eliminar el agregado realizado por la Intendencia Municipal - en el Proyecto de Ordenanza - en dichos puntos, que tiene que ver con la siguiente frase: "con visto bueno del Director General del Centro Cultural de la Ciudad" (se elimina).
Art. 2
Art. 2º: Comuníquese a la Intendencia Municipal.
Dada en la Sala de Sesiones de la Junta Municipal de la ciudad de Asunción, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil siete.