POR LA CUAL SE MODIFICA EL ARTICULO 30 DE LA RESOLUCION N° 446/06, SE APRUEBA LA PROPUESTA DEL MANUAL DE FUNCIONES Y PROCEDIMIENTOS DE LA CTE Y SUB-CE, SE DEROGA LA RESOLUCION N° 309/14, "POR LA CUAL SE APRUEBA MANUAL DE FUNCIONES Y PROCEDIMIENTOS DE LA COMISION TECNICA EVALUADORA Y EL MANUAL DE FUNCIONES Y PROCEDIMIENTOS DEL SUB COMITE EVALUADOR DEL SERVICIO NACIONAL DE CALIDAD Y SANIDAD VEGETAL Y DE SEMILLAS - SENAVE."
VigenteRESOLUCION2015SERVICIO NACIONAL DE CALIDAD Y SANIDAD VEGETAL Y DE SEMILLASPY/LEGI/0EOC
Plaguicida -- Modificación del Artículo 30° de la Resolución 446/2006 (SENAVE) -- Derogación de la Resolución 309/2014 (SENAVE).
VISTO: El Memorándum DCEI N° 31 del 23 de enero de 2015 del Departamento de Control y Evaluación de Insumos; el Dictamen N° 525/15 de la Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, por Memorándum DAG N° 31 del 23 de enero de 2015, el Departamento de Control y Evaluación de Insumos de la Dirección de Agroquímicos e Insumos Agrícolas (DAG),basados en la necesidad de adecuación a los requerimientos técnicos procedimentales, que no están previstas en la Resolución N° 309/14, presenta el borrador del proyecto de modificación y ampliación del marco reglamentario que regulan las funciones de la Comisión Técnica Evaluadora y las funciones del Sub Comité Evaluador, en concordancia con la Resolución N° 132/12 "POR EL CUAL SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO GENERAL PARA EL REGISTRO POR EQUIVALENCIA QUIMICA DE PLAGUICIDAS DE USOAGRICOLA'', de fecha 27 de febrero de 2012. Que, por lo referido precedentemente, la Dirección de Agroquímicos e Insumos Agrícolas eleva a consideración de la Dirección General Técnica, la propuesta de resolución a fin de aprobar el Manual de Procedimiento de la Comisión Técnica Evaluadora y el Manual de Procedimiento del Sub Comité Evaluador del Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas - SENAVE, así como, las funciones de cada una de las áreas involucradas, en el proceso de registro de los productos fitosanitarios y solicitudes afines. Que, la Ley N° 3742/09 "DE CONTROL DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS" dispone: Articulo 19.- "Las solicitudes deberán ajustarse a los requisitos establecidos por el SENAVE, y serán evaluados en cada caso por una comisión técnica evaluadora", Articulo 20.- "La Comisión Técnica Evaluadora será presidida por la Dirección del área de plaguicidas y cuyo fin será el de evaluar las informaciones y documentaciones presentadas, a efectos del registro de los productos fitosanitarios". Que, la Ley N° 2459/04 "Que crea el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE)", dispone: Artículo 9°.- "Serán funciones del SENA VE, además de las establecidas en las Leyes N°s 123/91 y 385/94 y otras referentes a la sanidad y calidad vegetal y de semillas, las siguientes: ...c) Establecer las reglamentaciones técnicas para la ejecución de cualquier actividad de su competencia en todo el territorio nacional, de acuerdo a las legislaciones pertinentes, siendo los mismos de acatamiento obligatorio por parte de toda persona física, jurídica u organismos públicos o privados, sin excepción; ...d) crear, mantener o modificar su estructura técnica - operativa para el mejor cumplimiento de sus fines ; ...p) controlar la síntesis, formulación, fraccionamiento, almacenamiento y comercialización de productos fitosanitarios químicos o biológicos, fertilizantes, enmiendas para el suelo y afines, utilizados en la producción agrícola y forestal, así como la calidad de estos insumos ". Artículo 13°.- "Son atribuciones y funciones del Presidente: ... j) Dictar el reglamento inferno y el manual operativo”. Que, por Dictamen N° 525/15, la Asesoría Jurídica del SENAVE sugiere la aprobación del proyecto de manual de funciones y procedimientos por los cuales se regularan las funciones de la Comisión Técnica Evaluadora (CTE) y el Sub Comité Evaluador (Sub-CE). Que, por Providencia N° 723/15, la Dirección General de Asuntos Jurídicos remite a la Secretaría General el Dictamen N° 525/15, aprobado por dicha dependencia, para los fines Pertinentes. POR TANTO En base a los fundamentos expuestos en el considerando de la presente Resolución: EL PRESIDENTEDEL SENAVE RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1°.- MODIFICAR, el anexo de la Resolución N° 446/06, Sección III, Articulo 30° segundo párrafo, ultimo enunciado, quedando redactado de la siguiente manera: "Como resultado final, emitirá un dictamen, fundamentado técnicamente y aprobado par mayoría simple de sus integrantes" .
Art. 2
Artículo 2°.- DEROGAR, la Resolución N° 309/14 y demás reglamentaciones contrarias a la presente y APROBAR la propuesta de "MANUAL DE FUNCIONES Y PROCEDIMIENTOS DE LA COMISION TECNICA EVALUADORA (CTE) Y EL MANUAL DE FUNCIONES Y PROCEDIMIENTOS DEL SUB COMITE EVALUADOR (SUB-CE), DEL SERVICIO NACIONAL DE CALIDAD Y SANIDAD VEGETAL Y DE SEMILLAS - SENAVE", que forma parte como Anexo I y II de la presente Resolución.
Art. 3
Artículo 3°.- ESTABLECER, que la Dirección General Técnica y la Dirección de Agroquímicos, a través de sus áreas competentes, son responsables de la implementación y del cumplimiento de todo lo establecido en la presente Resolución.
Art. 4
Artículo 4°.-ESTABLECER, que la presente Resolución entrara en vigencia inmediatamente a la fecha de su promulgación.
Art. 5
Artículo 5°.- COMUNICAR, a quienes corresponda y cumplida, archivar.
FDO: ING.AGR. FRANCISCO REGIS MERELES
PRESIDENTE
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