QUE DECLARA EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA POR SEQUÍA EN TODO TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY.
VigenteLEY2022PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/UFAHGJ
Emergencia nacional -- Situación de emergencia por sequía en todo territorio de la República del Paraguay.
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERA DE LEY:
Art. 1
Artículo 1°.- Declárase en situación de emergencia en todo el territorio de la República del Paraguay, de conformidad con la establecido en el artículo 202 numeral 13) de la Constitución Nacional, por el término de ciento ochenta días, para combatir los efectos ocasionados por la sequía.
Art. 2
Art. 2°.- Dispóngase que el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), los gobiernos departamentales y municipales de todo el territorio de la República del Paraguay destinen los recursos presupuestarios necesarios para mitigar los efectos de la sequía para pequeños y medianos productores agropecuarios.
Art. 3
Art. 3°.- Establécese que el Banco Central del Paraguay (BCP) y el Instituto Nacional de Cooperativismo (INCOOP), dentro de sus facultades, dispongan como medida excepcional durante la vigencia de la declaración de emergencia, la refinanciación a reestructuración de deudas contraídas (capital e intereses), con entidades financieras y cooperativas, que no puedan ser honradas por la pérdida de la producción como consecuencia de los efectos ocasionados por la sequía.
Art. 4
Art. 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.