ORDENANZA 33/2003 • JUNTA MUNICIPAL - MUNICIPALIDAD DE ASUNCION (J.M.) • • PY/LEGI/0BL9
VigenteORDENANZA2003JUNTA MUNICIPAL - MUNICIPALIDAD DE ASUNCIONPY/LEGI/0BL9
Recaudación de tributos -- Modificación de la Ordenanza N° 22/2002, Que reglamenta las leyes tributarias N°s. 620/76 y 135/91 del Régi
LA JUNTA MUNICIPAL DE VILLARRICA, REUNIDA EN CONCEJO ORDENA:
Art. 1
Art. 1°.- MODIFICAR la Ordenanza N° 22/2002, Que reglamenta las Leyes Tributarias Nos. 620/76 y 135/91 del Régimen Tributario de la Municipalidad de Villarrica, para el Ejercicio Fiscal 2003, en el apartado 34. Ocupación Precaria de Bienes del Dominio Público y específicamente el 34.1. Arrendamiento de Suelo, Sub-Suelo y Espacio Aereo, que quedará redactado de la siguiente manera:
34. OCUPACIÓN PRECARIA DE BIENES DEL DOMINIO PUBLICO (Art. 123 Ley 620/76)
Por permiso de ocupación precaria de bienes de dominio público se cobrará el canon que fija conforme a la sigte. Escala:
34.1. ARRENDAMIENTO DE SUELO, SUB-SUELO Y ESPACIO AEREO:
Tarimas, andamios y similares pagarán un canon mensual:
a) Por metro cuadrado Gs. 1.000
b) Un adicional por m2. de edificación y por piso de edificación Gs. 4.000
c) Por uso precario del terreno del dominio público, las distribuidoras de energía eléctrica, cable de TV,
Telefónicas y otros similares de empresas Concesionarias o que realizan este servicio, pagarán por cada columna o poste un canon mensual de Gs. 1.500
El pago del canon no significa la regularización del uso precario de los bienes públicos ni la regularización de sus concesiones.-
Art. 2
Art. 2°.- COMUNÍQUESE a quienes corresponda, notifíquese y cumplido dese al Legajo Municipal.-
Dada en la sala de sesiones de la Junta Municipal a los veinte y siete días del mes de mayo del año dos mil tres.-
Lic. Miguel A. Aguilar
Secretario
Dr. Francisco I. Gómez M.
Presidente Junta Municipal
Villarrica, de mayo de 2003.-
Téngase por ordenanza, envíese tres ejemplares al Ministerio del Interior de conformidad con el Art. 53 de la Ley Nº 1294/87 Orgánica Municipal, comuníquese y cumplido archívese.-
Abog. Roberto Marecos
Secretario
Dr. Federico Alderete G.
Intendente Municipal