LEY 533/1995 • PODER LEGISLATIVO NACIONAL (P.L.N.) • 1995/01/03 • PY/LEGI/07HT
VigenteLEY1995PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/07HT
Expropiación -- Fracciones de terreno propiedad de los señores Stroessner Matiauda y Abdo Benítez, a favor de la Municipalidad de Ciud
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAY SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Art. 1
Artículo 1º. - Amplíase la Ley Nº 12/90, "QUE DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DE CIUDAD DEL ESTE, DOS FRACCIONES DE TERRENOS, PROPIEDAD DE LOS SEÑORES ALFREDO STROESSNER MATIAUDA Y MARIO ABDO BENITEZ, RESPECTIVAMENTE", cuyo texto queda redactado en los siguientes términos:
Art. 1
"Art. 1º.- Decláranse de interés social y exprópianse a favor de la Municipalidad de Ciudad del Este, dos fracciones de terrenos, individualizadas como Finca Nº 2.925, año 1973, Distrito de Ciudad del Este, de una superficie de 7 ha (siete hectáreas) y 4.250 m2 (cuatro mil doscientos cincuenta metros cuadrados), propiedad del señor Alfredo Stroessner Matiauda y la finca Nº 2.771, año 1979, Distrito de Ciudad del Este, de una superficie de 1 ha. (una hectárea) y 1.887 m2 (mil ochocientos ochenta y siete metros cuadrados), propiedad del señor Mario Abdo Benítez".
Art. 2
"Art. 2º.- Procédase a indemnizar a los propietarios de las fracciones expropiadas de conformidad a lo dispuesto en el artículo 96 de la Constitución Nacional".
Art. 3
"Art. 3º.- La finalidad de esta expropiación es la reubicación de los vendedores de la vía pública y ocupantes de espacios verdes del dominio público municipal de Ciudad del Este, a los efectos de que los mismos establezcan sus locales comerciales en los inmuebles expropiados, los que serán utilizados en la totalidad de sus superficies con ese fin".
Art. 2
Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la H. Cámara de Diputados, a veinticuatro días del mes de noviembre, del año un mil novecientos noventa y cuatro, y por la H. Cámara de Senadores, sancionándose la Ley, a diecinueve días del mes de diciembre del año un mil novecientos noventa y cuatro.
Atilio Martínez Casado (Presidente H. Cámara de Diputados) - Evelio Fernández Arévalos (Presidente H. Cámara de Senadores) - Miriam Graciela Alfonso González (Secretaria Parlamentaria) - Juan Manuel Peralta (Secretario Parlamentario).
Asunción, 3 de enero de 1995.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
Juan Carlos Wasmosy (Presidente de la República) - Carlos Podestá (Ministro del Interior).