POR LA CUAL SE CONFORMA EL COMITÉ DE RENDICIÓN DE CUENTAS AL CIUDADANO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATAQCIONES PÚBLICAS Y SE ABROGAN RESOLUCIONES.
VigenteRESOLUCION2020DIRECCION NACIONAL DE CONTRATACIONES PUBLICASPY/LEGI/0HC5
Dirección Nacional de Contrataciones Públicas -- Conformación del Comité de Rendición de Cuentas al Ciudadano (CRCC) de la DNCP -- Abr
Visto: el Decreto N° 2991 de fecha 6 de diciembre de 2019 por el cual se aprueba el Manual de Rendición de Cuentas al Ciudadano, se lo declara de interés nacional y se dispone su aplicación obligatoria en las instituciones del Poder Ejecutivo; la Resolución DNCP N° 3803/2017 por la cual se resolvió crear el Comité de Rendición de Cuentas, y la designación de los integrantes del citado Comité; la Resolución DNCP N° 3963/2018, por la cual se designó Coordinador e integrantes del Comité de Rendición de Cuentas y se dejó sin efecto el artículo 2; las nuevas designaciones internas de la DNCP; y: Considerando: Que, el Decreto N° 2991 de fecha 6 de diciembre de 2019 por el cual se aprueba el Manual de Rendición de Cuentas al Ciudadano, se lo declara de interés nacional y se dispone su aplicación obligatoria en las instituciones del Poder Ejecutivo, en su artículo 2º señala que las máximas autoridades de cada institución arbitrarán los mecanismos necesarios para la implementación del Comité de Rendición de Cuentas al Ciudadano en adelante (CRCC) que será creado al efecto por cada institución bajo la coordinación de la Unidad de Transparencia y Anticorrupción (UTA) conforme a las guías contenidas en el Manual. Que el Manual de Rendición de Cuentas al Ciudadano aprobado por el citado Decreto, establece que la máxima autoridad institucional designará a la Unidad de Transparencia y Anticorrupción como responsable de impulsar el inicio del proceso de rendición de cuentas al ciudadano. Asimismo, señala que esta unidad será la encargada de sugerir a la máxima autoridad una lista de dependencias que, por su naturaleza y funciones, deberían integrar el comité encargado de llevar adelante el proceso de rendición de cuentas. Que, el citado Manual dispone que la integración del Comité de Rendición de Cuentas al Ciudadano debe ser integrado por la máxima autoridad de la institución, vía resolución administrativa, a más tardar en la última semana de enero del mes respectivo. Que, la Ley N° 3439/07 “Que modifica N° 2.051/03 “De Contrataciones Públicas” y establece la Carta Orgánica de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas”, dispone en su Art. 1.- Modificase los Artículos 3°, inciso x), 5°, 10, 20, 41, 70, 71, 72 y 82 de la Ley N° 2.051/03 “De Contrataciones Públicas”, que quedan redactados de la siguiente manera: el Art. 3º Funciones y atribuciones de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP): f) “dictar resoluciones, de conformidad con esta ley, la Ley N° 2051/03 “De Contrataciones Públicas” y sus decretos reglamentarios y las normas de carácter general...”. Que, por Resolución DNCP N° 3803 de fecha 1 de noviembre de 2017, se creó el Comité de Rendición de Cuentas de la DNCP, y se nombró integrantes. Posteriormente en fecha 17 de octubre de 2018, se dictó la Resolución DNCP N° 3963/2018: “POR LA CUAL SE DESIGNA INTEGRANTES Y AL COORDINADOR DEL COMITÉ DE RENDICIÓN DE CUENTAS, Y SE DEJA SIN EFECTO EL ART. 2º DE LA RESOLUCIÓN DNCP N° 3803/2017”. Que, las resoluciones citadas precedentemente no armonizan con la nueva estructura interna de la Dirección Nacional y fueron dictadas con antelación a la emisión del nuevo Decreto que establece el Manual de Rendición de Cuentas al ciudadano, por tanto, corresponde la abrogación de las mismas y la conformación de un nuevo Comité de Rendición de Cuentas al Ciudadano de la Dirección Nacional, que se encargue de impulsar, coordinar y dar seguimiento a la implementación de acciones y actividades enmarcadas en un plan, que permita la participación ciudadana, el diálogo social de transparencia activa y de anticorrupción. Que, por Decreto del Poder Ejecutivo N° 285/18 del 21 de setiembre de 2018, el Abg. PABLO FERNANDO SEITZ ORTIZ, fue designado como Director Nacional Interino de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas. Por tanto, en uso de sus atribuciones legales: EL DIRECTOR NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Resuelve:
Art. 1
Artículo 1º.- Conformar el Comité de Rendición de Cuentas al Ciudadano (CRCC), que será integrado de la siguiente manera:
- Director General de Gabinete
- Director de Administración y Finanzas
- Director de Auditoría Interna
- Director de Desarrollo e Información Estratégica
- Coordinador de Transparencia y Anticorrupción
- Coordinador de Recursos Administrativos
- Coordinador de Recursos Financieros
- Coordinador de Adquisiciones y Servicios
- Coordinador de Gestión y Desarrollo de las Personas
- Coordinador de Información y Comunicación
Art. 2
Art. 2º.- Conferir al Comité de Rendición de Cuentas al Ciudadano (CRCC), plenas atribuciones para requerir a todas las dependencias de la institución la información necesaria para la elaboración de la rendición de cuentas.
Art. 3
Art. 3º.- Designar al Coordinador de Transparencia y Anticorrupción de la DNCP, en carácter de coordinador del Comité de Rendición de Cuentas al Ciudadano (CRCC) de la DNCP, de conformidad a las guías del Manual aprobado por el Decreto N° 2991 de fecha 6 de diciembre de 2019.
Art. 4
Art. 4º.- Abrogar las resoluciones DNCP N° 3.803/2017 y DNCP 3963/2018.
Art. 5
Art. 5º.- Comunicar a quienes corresponda, publicar y archivar.