POR LA QUE SE APRUEBA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL Y EL CONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA LA ADECUACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LA PLATAFORMA DE REGISTRO DIGITAL DE VISITAS PARA PARQUES ENTRE EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL Y EL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONES.
VigenteRESOLUCION2021INSTITUTO DE PREVISION SOCIALPY/LEGI/TPXXDN
Convenio de cooperación -- Aprobación de la suscripción del Convenio marco de cooperación interinstitucional y del Convenio específico de cooperación
Visto: El Expediente Digital identificado como C.A. N° 573/21, recepcionado en la Secretaría del Consejo de Administración, en fecha 17 de marzo de 2021, el cual contiene la Nota PR/SRI/N° 035/2021, de fecha 16 de marzo de 2021, de la Secretaría de Relaciones Interinstitucionales, por el que se eleva a consideración de la Máxima Autoridad, el Proyecto de Resolución “POR LA QUE SE APRUEBA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL Y EL CONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA LA ADECUACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LA PLATAFORMA DE REGISTRO DIGITAL DE VISITAS PARA PARQUES ENTRE EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL Y EL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONES”, y Considerando: Que, por Nota DMPyPS/PAR/N° 052/2020, de fecha 11 de agosto de 2020, identificada como Expediente NOT-4384-2020-000085, la encargada del Departamento del Parque de la Salud, informó sobre el contacto establecido con la Directora de Asuntos Gubernamentales y el Director de Tecnología de la Información y Comunicación; ambos del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, en referencia a la plataforma de registro digital a usuarios, quienes “demostraron su muy buena predisposición para el apoyo de implementar dicha aplicación en el Parque de la Salud del IPS. Asimismo, requirió iniciar trámites para la aprobación correspondiente y así elevar la solicitud al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones; Que, el objeto principal del presente Convenio Marco es establecer una relación interinstitucional entre las Partes, para la cooperación mutua en el ámbito de sus competencias; Que, el Convenio Específico tiene por objeto establecer una cooperación mutua entre las Partes consistente en autorizar el uso del código fuente del Sistema de Información e implementación de la Plataforma de Registro Digital de Visitas para Parques por parte del MOPC al IPS, a fin de agilizar el ingreso de usuarios con un mejor registro de identificación, así o también evitar aglomeraciones dentro del predio. La base de datos generada con esta herramienta será puesta a disposición del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPyBS), en el marco del plan de contingencia del COVID-19; Que, por Providencia de fecha 13 de agosto de 2020, la Dirección de Medicina Preventiva y Programas de Salud manifestó lo siguiente: “...Considero que esta implementación permitirá agilizar el ingreso de usuarios con mejor registro e identificación de los mismos, como así también evitar aglomeraciones, por lo que solicito sus buenos oficios de dar Vº Bº a través de la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicación de nuestra Institución...”; Que, por Providencia de fecha 02 de setiembre de 2020, el Departamento de Análisis y Desarrollo de la Dirección de Tecnología de la Información y de las Comunicaciones señaló cuanto sigue: “...Esta dependencia en base a la documentación remitida vía correo electrónico por el Lic. Eduardo Bergottini, en su carácter de Director de la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicación, del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, hemos verificado que cumplimos con las herramientas de desarrollo establecidas en dicho documento, por lo que consideramos que es viable la implementación de la plataforma para su utilización...”; Que, por Correo Electrónico de fecha 02 de setiembre de 2020, el Departamento de Análisis y Desarrollo de la Dirección de Tecnología de la Información y de las Comunicaciones, comunicó al Lic. Eduardo Bergottini que no existe inconvenientes para montar el sistema mencionado; y en respuesta, éste solicitó un borrador de convenio para avanzar;
Que, por Providencia de fecha 07 de setiembre de 2020, la Gerencia de Salud, solicitó a la Secretaría de Relaciones Interinstitucionales lo siguiente: “...información sobre el estado del Convenio Marco de Cooperación con el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones” (...) Así también se solicita, que conjuntamente con el área solicitante, procedan a la elaboración de un Convenio Específico, a fin de implementar la aplicación propuesta para la agilización del acceso al Parque...”; Que, por Providencia PR/SRI/N° 237/2020, de fecha 20 de noviembre de 2020, la Secretaría de Relaciones Interinstitucionales remitió a consideración el V° B° de las áreas involucradas el borrador del “Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Instituto de Previsión Social (IPS) y el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones y un Convenio Específico para la Adecuación e Implementación de la Plataforma de Registro Digital de Visitas para para Parques”, elaborado conjuntamente con la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicación, del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones; Que, obran en el expediente el parecer favorable del Departamento de Análisis y Desarrollo, la Dirección de Tecnología de la Información y de las Comunicaciones y la Gerencia de Desarrollo y Tecnología del IPS, como también del Departamento Parque de la Salud, la Dirección de Medicina Preventiva y Programas de Salud y de la Gerencia de Salud; Que, por Dictamen Jurídico DIJ/DDC/N° 089/2021, de fecha 03 de febrero de 2021, la Dirección Jurídica, concluyó cuanto sigue: “...resulta viable dar continuidad a los trámites correspondientes para la suscripción de los Convenios Marco y Específico y en ese sentido, corresponde someter a conocimiento y consideración de la Máxima Autoridad Institucional, para que en virtud de sus facultades autorice tal suscripción…”; Que, por Correo Electrónico de fecha 15 de marzo de 2021, la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicación del Ministerio de Obras Públicas, remitió el Dictamen Jurídico D.A.J./N° 1892/2020, de fecha 18 de noviembre de 2020, de la Dirección de Asuntos Jurídicos, el cual concluyó lo siguiente: “...esta Dirección, no opone reparos al borrador de CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL y al borrador de CONVENIO ESPECÍFICO PARA LA ADECUACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LA PLATAFORMA DE REGISTRO DIGITAL DE VISITAS PARA PARQUES, entre el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones y el Instituto de Previsión Social, de conformidad con el Art. 2° Inc. d) de la Ley N° 2051 “De Contrataciones Públicas” y los Arts. 3° y 4° de la Ley N° 167/93 “Que establece la estructura Orgánica y Funciones del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones” en concordancia con el Decreto N° 17071/1943...”; Por tanto, en uso de sus atribuciones; EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL Resuelve:
Art. 1
1°) Aprobar la suscripción del “Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Instituto de Previsión Social y el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones”, conforme al Anexo 1, que consta de 03 (tres) fojas; como así también el “Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional para la Adecuación e Implementación de la Plataforma de Registro Digital de Visitas para Parques”, conforme al Anexo 2, que consta de 03 (tres) fojas; los cuales se encuentran refrendados por el Secretario del Consejo de Administración y las Áreas Técnicas respectivas y se adjuntan a la presente Resolución.
Art. 2
2°) Autorizar al Presidente del Consejo de Administración, a suscribir en representación del Instituto de Previsión Social, el “Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Instituto de Previsión Social y el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones” y el “Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional para la Adecuación e Implementación de la Plataforma de Registro Digital de Visitas para Parques”.
Art. 3
3°) Encomendar a la Secretaría de Relaciones Interinstitucionales, a realizar las gestiones administrativas correspondientes para la suscripción del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional y Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional, aprobado en el Art. 1° de la presente Resolución.
Art. 4
4°) Disponer que la Gerencia de Desarrollo y Tecnología, a través de la Dirección de Tecnología de la Información y de las Comunicaciones, conjuntamente con la Gerencia de Salud, a través de la Dirección de Medicina Preventiva y Programas de Salud, en carácter de administradores realicen, el control, seguimiento permanente, y fiel cumplimiento de los puntos estipulados en el presente Convenio Específico.
Art. 5
5°) Establecer que la Secretaría de Relaciones Interinstitucionales, es la responsable de la integridad del expediente físico y su coherencia con la versión digital registrada para su tratamiento por parte del Consejo de Administración.
Art. 6
6°) Comunicar a quienes corresponda y archivar.
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