POR LA CUAL SE APRUEBA EL CÓDIGO DE ÉTICA DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS.
VigenteRESOLUCION2024MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZASPY/LEGI/GTZBUC
Estado -- Código de Ética del MEF -- Abrogación de las resoluciones STP Nº 226/20, SFP Nº 491/20 y MH Nº 258/22.
Visto: el Memorándum CEyBG N° 1 de fecha 2 de octubre del corriente año, del Comité de Ética y Buen Gobierno de esta Cartera de Estado, a través del cual se remite a consideración el proyecto de resolución que aprueba el Código de Ética de este Ministerio (Exp. SIME N° 88.160/2024). La Resolución STP N° 226/2020, «Por la cual se aprueban el Código de Ética y el Código de Buen Gobierno de la Secretaría Técnica de Planificación del Desarrollo Económico y Social, dependiente de la Presidencia de la República». La Resolución SFP N° 491/2020, «Por la cual se aprueba el Código de Ética VERSIÓN 1.0 de la Secretaría de la Función Pública dependiente de la Presidencia de la República». La Resolución M.H. N° 258/2022, «Por la cual se actualiza el Código de Ética de este Ministerio, y se abroga la Resolución M.H. N° 36 del 2 de febrero de 2012». La Ley N° 7158/2023, «Que crea el Ministerio de Economía y Finanzas». El Decreto N° 1041/2024, «Por el cual se aprueba la estructura orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas». La Resolución M.E.F. N° 197/2024, «Por la cual se adopta la Norma de Requisitos Mínimos para un Sistema de Control Interno del Modelo Estándar del Control Interno para Instituciones Públicas del Paraguay - MECIP: 2015 y se establecen responsabilidades»; y Considerando: Que el artículo 1° de la Ley N° 7158/2023, dispone: «[...] El Ministerio de Economía y Finanzas absorbe y amplía las funciones propias, establecidas previamente en las leyes vigentes asignadas al Ministerio de Hacienda, a la Secretaría de la Función Pública y a la Secretaría Técnica de Planificación del Desarrollo Económico y Social. A dicho efecto, el Ministerio de Economía y Finanzas subroga las funciones y estructuras de los organismos absorbidos». Que la citada Ley en su artículo 9° establece: «[...] Dispóngase la supresión del Ministerio de Hacienda y de la Secretaría Técnica de Planificación del Desarrollo Económico y Social y, en consecuencia, la absorción de las competencias, funciones, estructuras, derechos, atribuciones y obligaciones que se trasladarán al Ministerio de Economía y Finanzas, creado por imperio de la presente ley. Toda referencia legal y reglamentaria, dentro del ordenamiento jurídico positivo nacional vigente, que haga mención al Ministerio de Hacienda e igualmente a la Secretaría Técnica de Planificación del Desarrollo Económico y Social, desde la promulgación de la presente ley, se entenderá como una referencia hecha al Ministerio de Economía y Finanzas». Que, asimismo, el artículo 10 de Ley en cuestión menciona: «[...] Dispóngase la absorción de la Secretaría de la Función Pública, la cual, a partir de la vigencia de la presente ley, dependerá orgánicamente del Ministerio de Economía y Finanzas [...]». Que el Decreto N° 1041/2024, en el artículo 1°, establece: «Apruébese la estructura orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, conforme con el Anexo que forma parte del presente decreto, en virtud del artículo 8° inciso d), de la Ley N° 7158/2023, que comprende las siguientes reparticiones dependientes de la Máxima Autoridad: a) Dirección General de Gabinete Ejecutivo, b) Dirección General de Gabinete Técnico, c) Dirección General de Abogacía del Tesoro, d) Dirección General de Gestión Legislativa, e) Dirección General de Auditoría Interna Institucional, f) Dirección General de Anticorrupción y Transparencia, g) Gerencia General, h) Viceministerio de Economía y Planificación, i) Viceministerio de Administración Financiera, j) Viceministerio de Capital Humano y Gestión Organizacional». Que resulta necesario establecer formalmente la aprobación del Código de Ética del Ministerio de Economía y Finanzas, el cual se constituye como documento de orientación y promoción de los principios, valores y directrices éticas que deben observar los funcionarios de todos los niveles de la estructura orgánica de este Ministerio, en el ejercicio de su función administrativa.
Que la Dirección General de la Abogacía de Tesoro de este Ministerio se ha expedido en los términos del Dictamen N° 750 de fecha 8 de octubre de 2024. Por tanto, en ejercicio de sus atribuciones legales, EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Resuelve:
Art. 1
Artículo 1°.- Aprobar el Código de Ética de este Ministerio, conforme al Anexo I que forma parte de la presente Resolución.
Art. 2
Art. 2°.- Abrogar las Resoluciones STP N° 226/2020, SFP N° 491/2020 y M.H N° 258/2022, estableciendo la presente disposición como normativa vigente de cumplimiento para todos los funcionarios del Ministerio de Economía y Finanzas.
Art. 3
Art. 3°.- Comunicar a quienes corresponda y archivar.
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