POR LA CUAL SE AMPLÍA LA RESOLUCIÓN SDCU N° 685/2022 DE FECHA 22 DE ABRIL DE 2022.
VigenteRESOLUCION2022SECRETARIA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y DEL USUARIOPY/LEGI/HKUSEX
Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario -- Ampliación de la Resolución SDCU N° 685/22 -- Dejar sin efecto la Resolución SDCU N° 348/21.
Visto: Exp. SEDECO N° 295/2022, y; Considerando: Que, por Resolución SDCU N° 685/2022 “...se aprueba el Procedimiento para Tramitación de Consultas y Reclamos de la Dirección de Procedimientos, Versión 01, de la Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (SEDECO), en el marco de la Implementación de las NRM 2015”. Que, resulta necesario ampliar la Resolución SDCU N° 685/2022, a fin de dejar sin efecto la Resolución SDCU N° 348/2021 “Por la cual se aprueba el nuevo Procedimiento para la Tramitación de Reclamos, en la Dirección de Procedimientos de la Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (SEDECO)”, a partir del 22 de abril de 2022. Que, el Art. 7 de la Ley N° 4974/13 “De la Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (SEDECO), dispone que la máxima autoridad recae en la persona del Secretario Ejecutivo, quien ejerce la dirección, administración y representación de la institución. Que, por Decreto del Poder Ejecutivo N° 52 de fecha 20 de agosto de 2018, el Presidente de la República del Paraguay nombró al Señor Juan Marcelo Estigarribia López como Secretario de la Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario. Por tanto, en uso de sus facultades legales, EL SECRETARIO DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y EL USUARIO (SEDECO) Resuelve:
Art. 1
Artículo 1°.- Ampliar, la Resolución SDCU N° 685/2022 “Por la cual se aprueba el Procedimiento para Tramitación de Consultas y Reclamos de la Dirección de Procedimientos, Versión 01, de la Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (SEDECO), en el marco de la Implementación de las NRM 2015”, de conformidad a lo establecido en la presente Resolución.
Art. 2
Art. 2°.- Dejar sin efecto la Resolución SDCU N° 348/2021 a partir de la vigencia de la Resolución citada en el Art. 1 de la presente Resolución.
Art. 3
Art. 3°.- Confirmar las demás disposiciones previstas en la Resolución SDCU N° 685/2022.
Art. 4
Art. 4°.- Comunicar a quienes corresponda y cumplida archivar.