CIRCULAR 2/2026 • DIRECCION GENERAL DE CATASTRO Y REGISTRO DE INMUEBLES (DGCRI) • 2026/01/14 • PY/LEGI/MANCTI
VigenteCIRCULAR2026DIRECCION GENERAL DE CATASTRO Y REGISTRO DE INMUEBLESPY/LEGI/MANCTI
Catastro -- Flujo de trabajo bajo el procedimiento de contingencia.
A: Direcciones, Jefaturas y Funcionarios de la Dirección General de Catastro y Registro de Inmuebles.
c.c.: Gerencia Superior del Registro Unificado Nacional.
c.c.: Dirección de Atención y Servicio a la Ciudadanía.
DE: Dirección General de Catastro y Registro de Inmuebles.
REF.: Implementación de plazos de paridad y requisitos del Art. 104 RGTCR.
Se comunica al personal que el flujo de trabajo bajo el procedimiento de contingencia (Soporte Papel) debe observar estrictamente:
1. Paridad de tiempos: Ninguna dirección podrá retener el expediente más de 7.5 días hábiles. El retraso en una de las etapas compromete la responsabilidad del funcionario interviniente.
2. Verificación parcelaria vs. titularidad: Los verificadores de Catastro deben abstenerse de observar la titularidad del dominio u otras de carácter jurídico. Su función se limita a la validación de la parcela inmobiliaria.
3. Exigencia de planos georreferenciados: En los supuestos de loteamientos, segregaciones o inmuebles en zonas de seguridad fronteriza, no se dará trámite a la certificación sin el previo cotejo y registro del plano georreferenciado (Art. 104 RGTCR).
4. Solicitudes individuales: Se recuerda que cada parcela (Finca/Matrícula/CUICR) requiere una solicitud de certificación individual.
HÁGASE SABER, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.