DECRETO 12.789/1992 • MINISTERIO DE HACIENDA (M.H.) • 1992/03/05 • PY/LEGI/07G3
VigenteDECRETO1992MINISTERIO DE HACIENDAPY/LEGI/07G3
Privatización de empresas del Estado - Ley 126/91, establece un régimen de privatización de empresas del Estado - Creación del Consejo de privatización.
VISTA: La Ley N° 126/91, "QUE ESTABLECE UN RÉGIMEN DE PRIVATIZACIÓN DE EMPRESAS DEL ESTADO"; La facultad concedida por el Art. 17 de la mencionada Ley al Poder Ejecutivo a delegar las funciones que le fueron asignadas en un Consejo de Privatización. CONSIDERANDO: Que la facultad otorgada por la Ley N° 126/91 debe ser delegada al Consejo de Privatización a través de un decreto suscrito por el Poder Ejecutivo; POR TANTO, EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY DECRETA:
Art. 1
Art. 1°.- Deléganse las funciones asignadas al Poder Ejecutivo por la Ley N° 126/91, a un Consejo de Privatización integrado por los Ministros de Hacienda, Industria y Comercio, de Agricultura y Ganadería y por el Presidente del Banco Central del Paraguay, presididos por el primero de los Ministros mencionados.
Art. 2
Art. 2°.- El Consejo de Privatización designará un Director Ejecutivo y elevará para su aprobación por el Poder Ejecutivo, la reglamentación de la Ley N° 126/91.
Art. 3
Art. 3°.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Hacienda, de Industria y Comercio y de Agricultura y Ganadería.
Art. 4
Art. 4°.- Comuníquese, publíquese y dése al Registro Oficial.
El Presidente de la Repùblica: Andrés Rodríguez
Ministro de Hacienda: Juan José Dìaz Pérez