POR LA CUAL SE APRUEBA EL MANUAL CLINICO DE ADOLESCENCIA, COMO HERRAMIENTA DE CONSULTA DEL CUADRO DE PROCEDIMIENTOS IMAN (INTEGRACION DEL MANEJO ADOLESCENTE Y SUS NECESIDADES), PARA SU UTILIZACIÓN EN LOS SERVICIOS DE SALUD.
VigenteRESOLUCION2012MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTAR SOCIAL - SECRETARIA GENERALPY/LEGI/0CZ7
Salud pública -- Aprobación del Manual Clínico de Adolescencia, como herramienta de consulta del cuadro de procedimientos IMAN (Integración del Manejo Adolescente y sus Necesidades).
VISTA: La propuesta del Manual Clínico de Adolescencia adaptado por el equipo técnico de la Dirección de Salud Integral de Niñez y Adolescencia, con el apoyo de las Sociedades Científicas, la Cátedra de Pediatría de la Universidad Nacional de Asunción así como de otras dependencias del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social: elevado a consideración del gabinete por la Dirección de Salud Integral de Niñez y Adolescencia, como Expediente SIMESE N° 9945/2012; y CONSIDERANDO: Que los principios y líneas de acción definidos en el "Plan Nacional de la Promoción de la Calidad de Vida y Salud con Equidad de la Adolescencia 2010-2015", aprobado por Resolución S.G. N° 763/2010, compromisos del Estado y de la Sociedad Paraguaya para la reducción de la morbimortalidad adolescente y la promoción de estilos de vida saludables para este grupo poblacional mayoritario en el Paraguay. Que en este contexto, es necesario que el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social implemente en los Servicios de Salud, Protocolos con abordaje integral, biopsicosociales, para mejorar la calidad de atención. Que a la Constitución Nacional, en sus Artículos 4 y 6 se refiere a la responsabilidad del Estado de proteger y promover la salud como derecho fundamental de la persona y en interés de la comunidad; la Ley N° 1680/01, Código de la Niñez y la Adolescencia, en sus Artículos 6 y 24, al derecho a la vida y el desarrollo, así como al disfrute de servicios sanitarios. Que la Ley N° 836/80, Código Sanitario, dispone en sus Artículos 3° y 4° respectivamente, que el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social es la más alta dependencia del Estado competente en materia de salud y aspectos fundamentales del bienestar social; y que la autoridad de salud será ejercida por el Ministro de dicha Cartera. Que la Dirección General de Asesoría Jurídica, según Dictamen A.J. N° 2705, de fecha 09 de octubre de 2012, ha emitido su parecer favorable a la firma de la presente Resolución. Que, conforme a los Artículos 19°, y 20° numeral 6, del Decreto N° 21.376/98, al Ministro de Salud Pública y Bienestar Social corresponde ejercer la administración general de la Institución; y el numeral 7 del Art. 20° del mismo Decreto establece que una de sus funciones específicas es la de "dictar Resoluciones que regulen la actividad de los diversos programas y servicios, reglamenten su organización y determinen sus funciones"; POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones legales; EL MINISTRO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTAR SOCIAL RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1°.- Aprobar el Manual Clínico de Adolescencia - IMAN, Integración del Manejo Adolescente y sus Necesidades; cuyo ejemplar se anexa y es parte de la presente Resolución.
Art. 2
Artículo 2°.- Disponer la implementación y aplicación a partir de la fecha de la presente Resolución, de dicho Manual como material de consulta del Cuadro de Procedimientos - IMAN (Integración del Manejo Adolescente y sus Necesidades) en los Servicios de Salud para la atención de la población pediátrica (adolescentes de 10 a 19 años), dependientes o no del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
Art. 3
Artículo 3°.- Designar a la Dirección de Salud Integral de la Niñez y Adolescencia, dependiente la Dirección General de Programas de Salud, como impulsora de su difusión e implementación; así como a las Direcciones Generales de Desarrollo de Servicios y Redes de Salud y Atención Primaria de la Salud y a la Dirección de Regiones Sanitarias, en sus respectivas áreas de influencia.
Art. 4
Artículo 4°.- Comunicar a quienes corresponda y cumplido, archivar.
PROF. DR. ANTONIO ARBO SOSA
MINISTRO
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