DECRETO 59/2008 • MINISTERIO DE JUSTICIA Y TRABAJO (M.J.T.) • 2008/08/18 • PY/LEGI/04UL
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Dan por terminadas las funciones de Don Miguel Ángel Acosta Rolón como funcionario del Servicio Nacional de Promoción Profesional, dep
Visto: La presentación realizada por el Ministerio de Justicia y Trabajo, en la cual solicita se den por terminadas las funciones de Don Miguel Ángel Acosta Rolón, como funcionario del Servicio Nacional de Promoción Profesional, dependiente de dicha Secretaría de Estado; y Considerando: Que la Constitución Nacional, en su Artículo 238, Numeral 6), faculta a quien ejerce la Presidencia de la República a nombrar y remover a los funcionarios de la Administración Pública. Que la Ley Nº 1626/00 "De la Función Pública", establece en su Artículo 18 que el nombramiento de un funcionario tendrá carácter provisorio durante un período de seis (6) meses, considerándose este como un plazo de prueba y que durante dicho período cualquiera de las partes podrá dar por terminada la relación jurídica sin indemnización ni preaviso alguno. Que Don Miguel Ángel Acosta Rolón ha sido nombrado por Decreto 11.835/08 del 13 de febrero de 2008. Por tanto, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, El Presidente de la República del Paraguay Decreta:
Art. 1
Art. 1º.- Dánse por terminadas las funciones de Don Miguel Ángel Acosta Rolón, con Cédula de Identidad Nº 1.128.21, como funcionario del Servicio Nacional de Promoción Profesional, dependiente del Ministerio de Justicia y Trabajo, categoría B2B, cargo Director, por las razones expuestas en el Considerando de este Decreto.
Art. 2
Art. 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Justicia y Trabajo.
Art. 3
Art. 3º.- Comuníquese, publíquese y dese al Registro Oficial.